El Derecho de Copia generaría $ 7 millones
Unos $ 10’154.243 recibieron entre los años 2009 y 2012 las cuatro Sociedades de Gestión Colectiva que hay en el país, por concepto de Derechos de Autor. La que obtuvo mayores regalías fue la Sociedad de Autores y Compositores del Ecuador (Sayce) con $ 2’598.636 en 2012, según datos proporcionados por el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI).
Sayce y la Sociedad de Artistas, Intérpretes y Músicos Ejecutantes del Ecuador (Sarime), la Sociedad de Productores de Fonogramas (Soprofon) y la Sociedad de Servicios para Productores Audiovisuales (Egeda), se encargarán de administrar la Remuneración Compensatoria por Copia Privada, que el IEPI reglamenta, y que se nutrirá del pago del 4% y 10% adicional en la importación de equipos reproductores y de almacenaje de música, video y obras literarias.
Según Troi Alvarado, presidente de Sayce, del total de ingresos que recibe la entidad -que funciona como gremio desde 1973-, el 30% se destina al gasto operativo, el 7% es para el fondo social de seguros privados de vida, salud y exequiales de los autores, y el 63%, para el pago de regalías de los artistas por el uso de sus obras.
“Por ejemplo, Carlos Rubira Infante (compositor de la canción Guayaquileño Madera de Guerrero) sigue recibiendo sus ganancias”, señaló Alvarado, aunque sin precisar el monto.
La entidad está formada por 1.700 autores locales y debe pagar también derechos internacionales por el uso que se les da a obras extranjeras.
Pero no todas las organizaciones alcanzan montos de 6 dígitos en sus ganancias. Por ejemplo, Sarime, que agrupa a 300 artistas con producción, entregará este año por novena ocasión sus regalías y no sobrepasarán los $ 153.000.
Luis Beltrán, presidente del organismo, si bien admitió que no es lo mismo un autor que un intérprete, pues el primero genera mayores ganancias, aclaró que todo espacio por donde se transmitan las obras ejecutadas por sus socios, como radios, restaurantes o centros comerciales, tiene la obligación de pagar por estos derechos. En el caso de las estaciones de radio, el valor es de $ 1 por cada “sonada”.
La entidad encargada de la recaudación de los valores que se generan por este concepto es la Única de Recaudación por Copia (Enrucopi), que tiene personería jurídica desde 2003, tres años después de que entrara en vigencia la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) en Ecuador.
David Checa, titular de Enrucopi, expresó que en el país los derechos que le asisten al sector artístico no se cumplen totalmente; por ejemplo, de las 700 u 800 emisoras que funcionan, únicamente 60 pagan por estos. Y en el caso de las estaciones de televisión, apenas 12 cumplen la norma.
Tanto Checa como Beltrán citaron otro dato que preocupa al gremio artístico y que surgió a partir de un estudio hecho por el Ministerio de Cultura: el 75% de los 160 millones de CD y DVD que ingresan al país no se usan para guardar datos, sino para fijar obras musicales.
Protección para el sector
La naturaleza de la normativa no es combatir la piratería, aclaró el titular de Enrucopi, pero sí se basa en la presunción de que, a través de celulares, tabletas, DVD y CD, los usuarios generan copias caseras que se comparten entre familiares y amigos, aun sin fines de lucro.
Esta es una medida -dijo Checa- que se cumple en muchos países en donde ni siquiere existe la piratería, por lo que este fondo de compensación no es un mecanismo para atacarla.
De acuerdo a las proyecciones, una vez que la Remuneración Compensatoria por Derecho de Copia entre en vigencia, podría generar para las sociedades alrededor de 7 millones al año.
“Ese dinero debe ir directamente a los autores y de esa recaudación se debe reinvertir una parte en el desarrollo de la industria proponiendo proyectos, eventos culturales que deberían salir de las mismas sociedades de gestión colectiva”, manifestó Checa.
Con ello coincide Selva Gonzáles, titular de Egeda, pues resulta lamentable que para que un cineasta pueda hacer una película en Ecuador, tenga que vender sus bienes.
En días pasados, Santiago Cevallos, director nacional de Derecho de Autor del IEPI, dijo que si bien las sociedades de gestión colectiva serán las unidades encargadas de administrar estos fondos, a su vez serán auditadas y monitoreadas.
Según el Reglamento de la Ley de Propiedad Intelectual, para efectos de vigilancia y control, el organismo podrá exigir de estas sociedades cualquier tipo de información relacionada con su actividad, incluso ordenar inspecciones o auditorías, examinar sus libros, documentos y designar un representante.
DATOS
Porcentaje: La aplicación del 4% y 10% adicional a la importación de equipos que reproduzcan y almacenen obras de música, video o literatura, se hace bajo la presunción de que estos equipos permiten generar copias caseras que pueden compartirse entre varias personas, no necesariamente con fines comerciales.
Cumplimiento: Según Enrucopi, solo 60 radios, de entre 700 y 800 que funcionan en el país, pagan derechos de autor.
CD y DVD: De 160 millones de discos que ingresan al país, el 75% no se usa para guardar datos sino para fijar obras musicales, según Sarime.