Disciplina corporativa para las compañías de seguros
La Junta Bancaria, mediante resolución No.JB-2012-2248 del 26 de julio del 2012, emitió los principios fundamentales para establecer las condiciones para un buen gobierno corporativo en las compañías de seguros y reaseguros.
Estos principios deberán ser incorporados en los estatutos y reglamentos internos y en la estructura organizacional de las empresas.
Los enunciados regulan disciplina corporativa para el funcionamiento adecuado e integración de los órganos de gobierno de las empresas y que deben ser cumplidos por accionistas, directorio, y, alta administración, y en los que debe primar las buenas prácticas y la eliminación de conflictos de interés.
La normativa emitida señala los principios básicos de responsabilidad social que rigen la gestión y que deben ser acogidos por las entidades de seguros y reaseguros como parte de la cultura organizacional: cumplimiento de la ley; comportamiento ético; respeto a las preferencias de los grupos de interés; redición de cuentas; y, transparencia.
Uno de los artículos especifica que las empresas deberán contar con un código de ética, en el que se deben precisar los fundamentos esenciales que debe acoger la entidad, las instancias que resolverán los casos de incumplimiento y el régimen de sanciones.
Las empresas de seguros y compañías de reaseguros deberán notificar a la Superintendencia de Bancos y Seguros respecto a la conformación del comité de ética y comité de retribuciones en un plazo de noventa días después de su publicación en el Registro Oficial, y hasta el 31 de marzo del 2013 se deberá aprobar el código de ética.