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La Defensoría del Pueblo en Guayas recibe hasta tres quejas por semana de violación de derechos

La lucha de los refugiados es contra la discriminación

Andrés Puentes (der.) ha marcado un precedente al ser el primer refugiado que obtiene una cuenta de ahorros en una entidad bancaria. Foto: José Morán | El Telégrafo
Andrés Puentes (der.) ha marcado un precedente al ser el primer refugiado que obtiene una cuenta de ahorros en una entidad bancaria. Foto: José Morán | El Telégrafo
05 de marzo de 2014 - 00:00 - Redacción Sociedad

Acceder a una cuenta bancaria fue una de las metas que se planteó Andrés Puentes desde que dejó su natal Colombia en 2001, por hechos de violencia. Su condición de refugiado, que logró tres años más tarde, convirtió su objetivo en un peregrinaje. “En la primera institución financiera que fui me dijeron que por ser colombiano mi dinero era de mal proceder, que no era persona grata y que tenían sus políticas internas”, cuenta Puentes.

Confiesa que su mayor deseo era “ahorrar para la vejez y para los hijos, como piensa toda persona”, pero los inconvenientes continuaron. “En otros bancos me pedían un papel notarizado, un garante y  requisitos que no son normales para abrir una cuenta de ahorros”.

Pese a las negativas, en 2012 Puentes se acercó a una nueva institución para pedir la apertura de una cuenta. En esta ocasión contó con la intervención de la  Defensoría del Pueblo y luego de un proceso, desde el 21 de febrero pasado pudo acceder al servicio.

El marco legal es insuficiente, pues el reglamento de una empresa se sobrepone a la Constitución.


El año pasado, la Cancillería reportó 55.249 refugiados.
El 99%  es  de origen colombiano.
María José Fernández, delegada de la Defensoría del Pueblo en Guayas, reconoce que existe discriminación hacia los refugiados al momento de recibir ciertos servicios, pese a que el artículo 41 de la Constitución garantiza “los derechos de asilo y refugio, de acuerdo con la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos”.

El mismo apartado señala que “las personas que se encuentren en condición de asilo o refugio gozarán de protección especial que garantice el pleno ejercicio de sus derechos” y que “el Estado respetará y garantizará el principio de no devolución, además de la asistencia humanitaria y jurídica de emergencia”.

Fernández indica que al contar con  más peticiones de personas en calidad de refugiadas, que admiten que un banco no les permite un acceso oportuno, el organismo ha creado incidencias. “La Superintendencia de Bancos y Seguros emitió un comunicado a todas las instituciones financieras, recordando los principios constitucionales y todos los parámetros que están contemplados en los convenios internacionales”, explica.

La delegada provincial explica que la situación ocurrida en entidades bancarias se repite en las empresas que brindan el servicio de telefonía móvil,  “porque exponen una serie de procesos y al final los discriminan”.

Agrega que el pasado 10 de febrero la Superintendencia de Telecomunicaciones también emitió un oficio  a las compañías que proveen los servicios, recordándoles los estatutos anteriormente descritos.

¿Cómo exigir el acceso?

En caso de que  haya  este tipo de eventualidades: falta de acceso a las instituciones financieras, negar el servicio de telefonía móvil, no acceder a un préstamo quirografario siendo afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), entre otras acciones en contra de las personas refugiadas, Fernández recomienda que acudan a la Defensoría del Pueblo para presentar su queja e iniciar el trámite correspondiente.

Fernández admite que semanalmente ingresan alrededor de tres quejas, lo que “no deja de ser preocupante... hasta existe el temor de pedir un servicio, porque sabe  que se lo negarán”.

Según el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), Ecuador es el primer país en América Latina con mayor número de refugiados, provenientes principalmente de Colombia. El año pasado, la Cancillería reportó 55.249 refugiados reconocidos, el 99% es de origen colombiano y el 1% restante de países como Perú, Cuba y Siria.

Aún hay mucho por hacer

Anilca Ramírez Assan, asesora jurídica del Servicio Jesuitas a Refugiados, señala que la discriminación local no solamente se efectúa en el caso de Puentes, sino en los solicitantes de refugio o en condición migratoria. “La imagen que se vende de Colombia a Ecuador desmejora el hecho de que logre  tener un libre acceso o por lo menos un trato generalizado, por el mismo hecho de ser países limítrofes”, expresa.

Para Ramírez, no hay una conciencia social respecto a la problemática por las que vienen a Ecuador y esto produce diferencias asociadas con el acceso al empleo, vivienda, educación, salud, entre otros.

El informe 2013 de la Situación de Derechos, elaborado por el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), determina que solo dos casos de personas refugiadas que accedieron a la vivienda han sido documentados. Mientras que la situación en Guayaquil ha estado marcada por el alquiler de casas en barrios periféricos, como Monte Sinaí, Guasmo, Las Fragatas e Isla Trinitaria. En las otras áreas, el texto refleja la limitación de los accesos.

Diego Bastidas, oficial de Protección del Acnur en Guayaquil, señala que en la práctica el primer obstáculo es la discriminación. “Se ha construido un imaginario bastante negativo, en el que el colombiano, lejos de ser víctima de la violencia, es asociado con una situación de criminalidad”.

Ante ello el estudio de la Flacso de 2011 denominado ‘No se puede ser refugiado toda la vida’ revela  que los medios de comunicación influyen en la opinión pública. “Por ejemplo, series que venden la idea de que el pueblo colombiano se dedica al narcotráfico y a la violencia”, refiere.

Por su parte, Andrés Puentes afirma que en varias ocasiones ha sentido el rechazo de los ciudadanos cuando lo han catalogado de victimario y no de víctima de un conflicto armado.

Para ayudar a  personas en similar condición, desde 2007 pertenece al Centro de Ayuda Juvenil Artesanal y Solidaria (Cajas Colectivo), que se encarga de asesorar y capacitar a las personas refugiadas.

Entre otros impedimentos, Bastidas cita la falta de efectividad de los documentos expedidos por la Cancillería y la Dirección de Refugio. “La numeración que se le otorga a cada carné no coincide con la base de datos del Registro Civil y en consecuencia hay dificultades”.

María José Fernández, de la Defensoría del Pueblo, agrega que los sistemas de instituciones públicas todavía no tienen la configuración de ingresar datos, porque los dígitos del documento de refugiados son menores a los de la cédula y eso se complica cuando quieren hacer un trámite.

Expuso el ejemplo del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess)  que por dicha limitación no permitía a una persona refugiada acceder a un crédito hipitecario, pero el establecimiento emitió un comunicado para realizar el trámite de forma manual. “Lo importante es que no se vulneren los derechos”, resalta.

Diego Bastidas, de Acnur, añade que existe un marco legal insuficiente debido a que el instructivo de una institución resulta ser más poderoso que la Constitución”.

La asesora legal del Servicio Jesuita, Anilca Ramírez, destaca que se han hecho respetar acuerdos nacionales y binacionales como el ‘Andrés Bello’, que permitió mejorar la efectividad del método de inscripción para ingresar a instituciones educativas fiscales. “Son situaciones que a medida que ha pasado el tiempo se han podido mitigar, sin embargo no se logra concretar el no discrimen de las personas que están en situación de refugiado o en calidad de solicitantes de refugio”.

La abogada cree que hace falta una campaña más fuerte de sensibilización, con respecto a la problemática.

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