Sororidad
Adopción: gran deuda
“Estimada familia, buenos días. Desde la unidad técnica de adopciones me permito informar que debemos cancelar la convocatoria de entrevista social debido a que se realizarán cambios en la unidad familiar y no tenemos al momento trabajadora social”.
Este es uno más de los tantos avatares que implica iniciar en Ecuador un proceso de adopción. Proceso en el que se juega con la vida y destino de niñas, niños y adolescentes (NNA) que se encuentran privados de una familia y de los adultos que buscan ampliar o iniciar sus propias familias con un hijo o hija.
Y pese a que el Estado reconoce el derecho a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar, este mantiene aún hondas trabas sociales, burocráticas y legales que alejan a los NNA de sus potenciales adoptantes.
¿Cómo inicia un proceso de adopción? La adopción en Ecuador tiene dos aristas que se desenvuelven de manera independiente: la declaratoria de idoneidad de los adoptantes, y la declaratoria de aptitud legal para ser adoptado del niño, niña o adolescente, ambos procedimientos con sus propios requisitos y complejidades particulares.
Para los potenciales adoptantes se inicia cuando se registran ante el Ministerio de Inclusión Económica y Social; sin embargo, la adopción es una decisión que se gesta mucho antes con el deseo mismo de convertirse en padres, madres o ampliar la familia, el cual debe sortear incontables prejuicios y temores y es ahí cuando comienzan las mencionadas “trabas sociales”, pues comunicar el deseo de adoptar genera reacciones impredecibles que van desde el apoyo sincero, o la felicitación por tan noble acto de caridad (particularmente mi reacción más desagradable), hasta los reproches que buscan desincentivar dicho deseo.
Le pregunto a un candidato a adoptante qué es para él la adopción y su respuesta llana me provoca una sonrisa complacida: “una forma más de convertirme en padre”. Sí, nada más que eso, la adopción no es beneficencia y tampoco es necesariamente una medida de última ratio frente a la imposibilidad o dificultad biológica de concebir, prejuicios que deben superarse inclusive desde la entidad rectora de este proceso.
“En la capacitación para padres del MIES tuve que hacer un módulo para superar el duelo de la esterilidad o infertilidad. Pero yo no lo soy, me dijeron que no importa, que igual es obligatorio”; ni la propia entidad contempla otra alternativa y esto es preocupante.
¿El proceso de declaratoria de idoneidad de los adoptantes atiende a sus circunstancias particulares o es hacer solo un frío check list?
Por otro lado, dicha capacitación se realiza en días laborables y dura todo el día y sin embargo no hay actualmente normativa laboral que considere los trámites concernientes para la adopción como permisos obligatorios a favor de los candidatos. No solo hay barreras burocráticas, también las hay legales y cuya pertinencia debe ser repasada. Por ejemplo, las personas solas pueden adoptar, pero se prioriza a parejas, las cuales además deberán ser heterosexuales.
Y así el proceso va develando trabas en cada fase, siendo una de las más preocupantes la evidenciada con el mensaje que inicia este artículo: la falta de personal en las Unidades Técnicas de Adopción, lo que produce incontables aplazamientos que abonan en desincentivar a los adoptantes y en la mala reputación que tiene este proceso.
Y no, no se trata de hacerlo espinoso para que los adoptantes “demuestren” su voluntad de ser padres, sino calificarlos en forma técnica, objetiva y ética. De esto dan cuenta los mismos datos publicados por el MIES a septiembre de 2019, en los que se refleja que de 422 registros a nivel nacional únicamente 76 familias han sido declaradas idóneas; esto es apenas el 18%, aproximadamente.
La otra cara y posiblemente la más crítica de la adopción es la de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en espera de ser reinsertados en sus familias biológicas o ser declarados en aptitud legal para ser adoptados. Según informe del MIES emitido en junio de 2018, las causas por las que se inicia el acogimiento institucional son: abandono (29%), negligencia (25%), maltrato (17%), maltrato y negligencia (15%), orfandad (7%), presunto abuso sexual (4%) y por otros motivos como callejización, desplazamientos, etc. (3%).
Previo a que el NNA sea declarado en aptitud legal para ser adoptado, debe determinarse la imposibilidad de reinsertarlo a su familia biológica, ya sea nuclear o ampliada; esto requiere una fase de investigación y por ende asignación de personal y recursos por parte del Estado.
Es la parte más sensible de todo el proceso y el Estado no puede escatimar recursos para garantizar su eficacia y celeridad, pues de ello depende la efectiva garantía de su derecho a tener una familia, debiendo considerarse además que entre mayor es el NNA, se torna de más difícil adopción.
Según el MIES, en su última actualización pública existen más de 2.500 niños, niñas y adolescentes en casas de acogida, de los cuales apenas 224 cuentan con declaratoria de adoptabilidad.
Todo esto refleja que pese a los esfuerzos realizados los últimos años para mejorar el proceso de adopción aún queda mucho por hacer a todo nivel para tener un proceso óptimo; sin embargo, hay una falta de voluntad política para tramitar las reformas legislativas que puedan cambiar esta realidad.
Cuando por otro lado se tramitan propuestas para legalizar prácticas que no garantizan los derechos de las mujeres y los niños, niñas y adolescentes, como la gestación subrogada o adopción desde el vientre, propuestas miopes que abren las puertas a dudosos acuerdos privados como el encargo o pre-selección de niños y explotación de mujeres.
Mientras tanto la gran deuda con los niños, niñas y adolescentes que pasan sus días y noches, sus cumpleaños y navidades en una casa de acogida, esperando un hogar, se mantiene insoluta. (O)