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La Alcaldía de quito tiene hasta fines de marzo para responder a la denuncia

La Solución Guayasamín arriesga perder recursos

Los cambios introducidos en el proyecto por la presión social han retrasado el cumplimiento del cronograma.
Los cambios introducidos en el proyecto por la presión social han retrasado el cumplimiento del cronograma.
Foto: Carina Acosta / EL TELÉGRAFO
16 de marzo de 2017 - 00:00 - Redacción Ciudadanía

La Corte Constitucional fijó el término de 15 días para que la Alcaldía de Quito defienda la constitucionalidad de la Ordenanza 0103, que reformó el destino de los recursos del peaje de la vía Interoceánica.

El organismo constitucional admitió a trámite una denuncia contra la normativa el 2 de marzo pasado y estableció el plazo.

La ordenanza, aprobada el 4 de marzo del año pasado, estableció que la recaudación del peaje se destinará a la construcción, operación, conservación y mantenimiento del futuro acceso vial, con el que el alcalde Mauricio Rodas pretende paliar el tráfico entre Quito y el valle de Tumbaco.   

El 10 de febrero se presentó una acción pública de inconstitucionalidad a la ordenanza, pues, a criterio de los demandantes, la reforma a la tasa del peaje la convierte en un impuesto porque pasa de ser un tributo que se paga por la prestación de un servicio a otro que financia la ejecución de obras municipales.

“Se trata de un impuesto que se cobra a los usuarios de una vía, no por ese uso, sino para financiar la construcción de otras vías de comunicación”, se menciona en el documento presentado a la Corte.

El convenio firmado por la Municipalidad y la empresa China Road & Bridge Corporation (CRBC), el 4 de abril pasado, encarga la construcción de la Solución Vial Guayasamín (SVG) a la firma y fija la recuperación de la inversión en el uso de los recursos del peaje.

De hecho, estos fondos se estarían juntando desde el inicio de las obras, el 5 de abril de 2016, hasta que se concrete la conformación de un fideicomiso que los administrará.

Los demandantes aseguran que no existe ninguna ley que confiera a los municipios competencia para crear impuestos. Además, explican que los montos de una tasa deben ser fijados en un estatuto, pero en la Ordenanza 0103 se contempla que serán determinados por el Alcalde metropolitano.  

Según el urbanista Paco Salazar, la demanda es válida. No obstante, apunta a que la discusión debe ir más allá de un problema administrativo del proyecto SVG o de un error conceptual.

“El proyecto simplemente no se debe hacer porque está mal pensado y a la ciudad no le conviene”, comentó el urbanista y agregó que eso es lo que debería analizar la ciudadanía. (I)

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