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El trabajo como un derecho humano para las personas mayores de 60 años
El derecho a un trabajo es un derecho universal que hay que garantizar, también a los adultos mayores.
El documento de Naciones Unidas ‘Derechos humanos y personas de edad’ reconoce que “los trabajadores de edad avanzada que no hayan alcanzado la edad de jubilación tienen con frecuencia problemas para encontrar trabajo y mantener sus empleos.
Resalta la necesidad de adoptar medidas que eviten la discriminación por cuestiones de edad en el empleo y la profesión. Es importante garantizar que los trabajadores de edad disfruten de unas condiciones seguras de trabajo hasta su jubilación. En particular, es deseable dar empleo a trabajadores de edad avanzada en las circunstancias que permitan hacer el mejor uso de su experiencia y conocimiento”.
En las Jornadas sobre Discriminación por edad en el empleo y mayores, realizado en Madrid, España, en 2004, ya advertía sobre la discriminación laboral por razones de edad y, sobre todo, la urgencia de fortalecer la organización de los adultos mayores, con criterio político y de perspectiva estratégica.
En las mismas jornadas se enfatizó que un porcentaje significativo de adultos mayores de América Latina y el Caribe es económicamente activo una vez superados los 60 años, contrario a lo que ocurre en Occidente.
Estas cifras son más elevadas cuando es menor el nivel de desarrollo del país, debido a la baja cobertura de los sistemas de pensiones o a la necesidad de complementar la baja cuantía de las mismas con ingresos por trabajo.
En este aspecto, la Cepal en el año 2000 mencionaba que en República Dominicana el 50,5% de los mayores de 60 años es económicamente activo, Bolivia 43,9%, Honduras 43,8%, Ecuador 40% y Nicaragua 40,2%. A medida que en los diversos países los sistemas de pensiones aumentan su cobertura, las tasas de actividad de la población adulta mayor se reducen.