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El Telégrafo
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Reglamento que identifica IP ayuda a investigar delitos

Reglamento que identifica IP ayuda a investigar delitos
28 de julio de 2012 - 00:00

El ministro de Telecomunicaciones, Jaime Guerrero Ruíz, y el superintendente de Telecomunicaciones, Fabián Jaramillo, mediante un boletín de prensa aclararon que el recientemente aprobado reglamento para los abonados/clientes de los servicios de telecomunicaciones y de Valor Agregado tiene como único objetivo la defensa de los intereses y los derechos de los ecuatorianos.

Agrega el escrito que se han establecido mecanismos para que estos derechos sean garantizados y satisfechos por los prestadores de servicios, a través de una correcta regulación de las obligaciones de servicio, transparencia, calidad y atención, de tal forma que todos los usuarios puedan acceder a la información de manera clara, precisa y veraz, tal como lo establece el mandato Constitucional. “No ha sido concebido, en lo absoluto, para menoscabar la privacidad o hacer uso indiscriminado de la identidad de los usuarios de Internet”, puntualiza.

El boletín señala que en los últimos días se han vertido comentarios muy desacertados con el objeto de crear temor en la ciudadanía respecto de la aplicación del artículo 29.9 de dicho Reglamento, el cual está vinculado con la entrega bajo pedido al Ente técnico de Control de Telecomunicaciones de información de direcciones IP por parte de los prestadores de servicios.

El único objetivo de este artículo es contar con información que permita tanto al Ente de Control del sector, en materia de Telecomunicaciones, y a las Autoridades Competentes, en materia de delitos informáticos, acceder a insumos que facilitan investigar y evitar el cometimiento de delitos, tales como pornografía infantil, fraudes financieros, estafas electrónicas y otros delitos ejecutados sobre las redes electrónicas o mediante el uso de herramientas tecnológicas, y, en los casos que hayan cometido de delitos castigar a responsables.

La dirección IP es un identificador numérico de un equipo conectado a la red, dicha dirección permite conocer la localización geográfica de un determinado dispositivo (computador, teléfono etc.), pero no informa que persona precisamente está usando dicho dispositivo.

Las direcciones IP (IP es un acrónimo para Internet Protocol) son un número único e irrepetible. Explican las autoridades que quienes están tratando de alarmar y crear rumores y temores en la ciudadanía, bajo el protocolo actual de Internet están mintiendo, porque no se puede identificar concretamente el usuario final, ya que  una misma dirección, en diferentes intervalos de tiempo , son asignados. “Es decir, se nos asigna una dirección IP distinta cada vez que nos conectamos a la red con lo que el carácter de único y personal de una dirección no se aplica”.

El reglamento garantiza el correcto cumplimiento de los derechos de los ciudadanos, por ello quienes cuestionan el artículo 29.9 del Reglamento deberían leer también el artículo 20, literal 20.2 que precisa: “secreto e inviolabilidad del contenido de las comunicaciones”, además el 20.3 “Privacidad en la utilización de los datos personales, por parte del prestador con el que contrate servicios, conforme la normativa aplicable”, el 20.5 “negarse a recibir llamadas relacionadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista, que no hayan sido previamente aceptadas”, precisó.

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