Siete tipo de licencias se emitirán para el cultivo y comercialización de cáñamo
El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), emitió el reglamento para la producción, comercialización y exportación del cannabis no psicoactivo y cáñamo industrial en Ecuador, con un enfoque de desarrollo del rubro que estimule la inversión y que no sea especulativo; para el efecto se emitirán siete tipos de licencias.
El subsecretario de Producción Agrícola, Andrés Luque, indicó que la primera servirá para la importación y venta de semillas; la segunda para la producción y venta de semillas y esquejes; la tercera para producción de cannabis no psicoactivo y cáñamo industrial; la cuarta para producción de cáñamo industrial; la quinta para fitomejoramiento y bancos de germoplasma; la sexta para producción y procesamiento de derivados, y la séptima para comercialización y exportación.
La autoridad advirtió que la licencia tres permite la participación en toda la cadena. “Se puede exportar y también producir semillas sin un permiso adicional, siempre que se cumpla con los requisitos”, apuntó.
Entre la documentación que deberán presentar los productores o comercializadores incluye: un certificado de antecedentes penales, tanto del representante legal, como de directores, socios, accionistas o miembros con una participación mayor al 6% del capital de la compañía. “Estas son medidas necesarias para demostrar que somos serios en esta nueva industria”, señaló Luque.
De acuerdo a lo establecido por el MAG, desde ahora, y por un plazo de 5 años, las licencias se otorgarán para una producción en lotes de mínimo dos hectáreas, lo que busca estimular la reinversión y evitar la apertura de empresas de forma especulativa. “Una vez confirmado que existe un mercado insatisfecho a nivel local, regional o mundial, podremos emitir licencias para áreas menores”, explicó.
Se estima que la emisión de los permisos no demore más de dos meses a partir de la solicitud; no obstante, Luque recomendó a los interesados en este cultivo informarse sobre el mercado, los requisitos de los países de destino, en caso de exportación, y que conozcan sobre las normas de los productos terminados a través de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa).
El 24 de diciembre pasado la Asamblea Nacional despenalizó el cannabis no psicoactivo con menos de 1% de THC, lo que abrió dos líneas de cultivo: el cáñamo no psicoactivo y el cáñamo industrial, así como su aprovechamiento en el ámbito medicinal, en el tratamiento de enfermedades neurodegenerativas, así como en el uso industrial en fibras y otros productos. (I)