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La reforma tributaria estimula el emprendimiento

La reforma tributaria estimula el emprendimiento
Foto: Cortesía / Asamblea Nacional
21 de octubre de 2019 - 00:00 - Redacción Economía

El proyecto de reforma tributaria, que llegó el viernes 18 de octubre de 2019 a la Asamblea Nacional, pretende fomentar el crecimiento económico del país. De aprobarse, el Ejecutivo prevé recaudar más de $ 700 millones el próximo año con la implementación de algunos impuestos y contribuciones especiales.

Richard Martínez, ministro de Economía y Finanzas, aclaró que si bien la sostenibilidad fiscal es vital para el crecimiento económico, también lo es el apoyo al emprendimiento y a la inversión privada que se busca ofrecer con esta reforma.

Es así que en el documento se propone una serie de incentivos. Uno de ellos es la eliminación del anticipo al impuesto a la renta (AIR) para los emprendedores.

En la reforma se plantea que el pago del impuesto a la renta (IR) podrá anticiparse de forma voluntaria y será el equivalente al 50% del IR causado menos las retenciones en la fuente efectuadas en el ejercicio fiscal anterior. Este valor anticipado constituirá crédito tributario para el pago del IR.

Juan Carlos Díaz-Granados Martínez, director ejecutivo de la Cámara de Comercio de Guayaquil, dijo que en el 2018 el AIR representó $ 353 millones para los negocios, los cuales podrían haber servido de capital de trabajo.

Apoya esta propuesta del Ejecutivo, pues daría un alivio a la liquidez de las empresas, en especial a las más pequeñas. “Todos los años, el AIR drenaba capital de trabajo que hubiera servido para contratar más personal, comprar bienes de capital, materia prima e inventario. Es decir, impedía implementar estrategias de crecimiento productivo”, explica Díaz.

El proyecto de reforma también propone la eliminación de la obligatoriedad de la retención en la fuente para cerca de 100.000 empresas que -según Martínez- son en esencia micro, pequeñas y medianas para así restarles la carga operativa y administrativa.

Josué Remache, asesor tributario, explica cómo funciona el proceso de retención en la fuente. Toda persona obligada a llevar contabilidad es agente de retención del Estado. Al hacer una compra cancela con cheque o en efectivo y emite la retención.

El porcentaje de la retención depende del concepto, por ejemplo: para bienes es el 1%. Si esta persona hace una compra de $ 400, este va a retener $ 4, que luego se los entrega al Estado en su declaración de impuestos.

“La eliminación de la obligatoriedad a pequeños emprendedores que llevan contabilidad evitará el proceso de declaración y trámites, lo que les permite concentrarse, trabajar y producir”, comenta Remache.

Díaz también considera que esta medida será beneficiosa porque pequeños y medianos emprendedores ya no tendrán que invertir tiempo en elaborar retenciones. Además, aumentará la liquidez de los contribuyentes pequeños a los cuales se les retiene actualmente.

Federico Morán, presidente ejecutivo de la Fundación Emprendedores del Ecuador, considera que mientras menos carga tenga el emprendedor es más beneficioso para su desarrollo.

Para Morán la eliminación de estas obligaciones acaba con los trámites engorrosos y a su vez genera un ahorro al emprendedor, pues ya no necesitará los servicios de un contador para estos trámites.

“El ahorro no es solo dinero sino tiempo y recursos”, comenta Morán. Agrega que apoyar a los emprendedores es fundamental, pues por cada emprendimiento se produce de una a tres plazas de trabajo y eso dinamiza la economía del país.

Incentivos a varios sectores

Los productos como los destinados a la exportación, vehículos motorizados eléctricos y lácteos son liberados del impuesto a los consumos especiales (ver infografía).

Por otro lado, exportadores habituales, así como los que se dediquen a la producción de bienes, incluidas las del sector manufacturero, que posean 50% o más de componente nacional y aquellas sociedades de turismo receptivo que reinviertan sus utilidades en el país podrán obtener una reducción de 8 puntos porcentuales de la tarifa del IR sobre el monto reinvertido.

Esto si destinan las utilidades a la adquisición de maquinarias nuevas o equipos nuevos, activos para riego, material vegetativo, plántulas y todo insumo vegetal para producción agrícola, acuícola, forestal, ganadera y de floricultura.

Y aquellas que reinviertan un 80% de sus utilidades, en los términos anteriores, y que adicionalmente destinen un 20% de sus utilidades a programas o proyectos de fomento a la educación podrán obtener la reducción de 10 puntos porcentuales de la tarifa del IR sobre el monto reinvertido.

Asimismo, a la lista de productos que tienen tarifa cero de impuesto al valor agregado (IVA) se agregan las transferencias e importaciones de flores, las tiras reactivas para medición de glucosa y el papel periódico.

También se pretende retirar el IVA a tractores de llantas de hasta 300 hp, incluyendo los tipo canguro y los que se utilizan en el cultivo del arroz; arados, rastras, surcadores y vertedores; cosechadoras, sembradoras, cortadoras de pasto, bombas de fumigación portables, aspersores y rociadores para equipos de riego y demás elementos de uso agrícola. (I)

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