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Ecuador, 25 de Diciembre de 2024
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La Asamblea recibió el proyecto de Ley para la regulación de créditos

La mañana de ayer ingresó a la Asamblea Nacional, con el carácter de urgente en materia económica, el proyecto de Ley para la regulación de los créditos para vivienda, mediante el cual los contratos de mutuo que suscriban las instituciones del sistema financiero nacional para ciertos créditos hipotecarios no podrán contener fianzas o garantías solidarias.

Según la propuesta del Ejecutivo, la Ley será aplicable a los deudores hipotecarios que se hayan endeudado con una institución bancaria para adquirir la única vivienda familiar; que el crédito no exceda los 146 mil dólares; y que exista una hipoteca en garantía de este crédito.

La entidad bancaria y el deudor hipotecario no podrán suscribir pagarés u otros documentos de obligación autónomos en respaldo de la deuda, según la propuesta.

Asimismo, determina que las hipotecas accesorias a estos contratos, deberán garantizar exclusivamente las obligaciones contraídas para la adquisición de vivienda, por lo que se eliminan las denominadas hipotecas abiertas.

Estas disposiciones también serán aplicables a los fideicomisos que se constituyan en garantía de estos créditos. El límite de la responsabilidad del deudor en caso de incumplimiento será hasta el monto máximo del avalúo del inmueble embargado.

Respecto a la propuesta, el secretario de la Asamblea, Andrés Segovia, informó que hoy sesionará el Consejo de Administración Legislativa, instancia que calificará el proyecto y remitirá a la respectiva comisión especializada.

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