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Ecuador tiene nueva Ley de Telecomunicaciones

La Asamblea Nacional aprobó hoy la nueva normativa. Foto: John Guevara/ EL TELÉGRAFO
La Asamblea Nacional aprobó hoy la nueva normativa. Foto: John Guevara/ EL TELÉGRAFO
17 de diciembre de 2014 - 17:38

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó con 93 votos a favor y 25 en contra la nueva Ley de Telecomunicaciones. Esta norma reemplaza a la que estaba vigente desde 1992. Con la nueva normativa se reconocen los derechos de los usuarios para que obtengan un servicio de calidad, además que se ordena una estructura legal que estaba dispersa y que promovió la duplicidad de esfuerzos de la norma.

La nueva ley contiene 148 artículos, 4 disposiciones generales, 9 transitorias, 2 derogatorias y 5 finales.

Richard Calderón, presidente de la comisión especializada de Gobiernos Autónomos Descentralizados, dijo que esta nueva ley beneficia los derechos de los ciudadanos. “Ahora la ley garantiza un servicio de calidad”, apuntó.

Uno de los cambios planteados es que la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCT) reemplazará a la Superintendencia de Telecomunicaciones. Esta nueva entidad será la encargada de controlar las tarifas a través de techos establecidos, así como impedir el redondeo en las tarifas telefónicas.

La disposición transitoria tercera de la Constitución, en el numeral 2, determina que la Superintendencia seguirá en funcionamiento hasta que el órgano legislativo expida las leyes correspondientes y precisamente la Ley de Telecomunicaciones es la que debe determinar la existencia o no de esta institución. Por ello, toda la estructura técnica de la Superintendencia, del Consejo Nacional y de la Secretaría de Telecomunicaciones, así como los derechos laborales de los funcionarios de estos 3 organismos de carácter nacional, pasarán a formar parte de la ARCT.

Con respecto a las dudas sobre el acuerdo comercial con la Unión Europea, Calderón especificó que “el artículo 143 del acuerdo comercial determina que las autoridades reguladoras para los servicios de telecomunicaciones serán jurídicamente distintas e independientes funcionalmente respecto a cualquier prestador de servicios de telecomunicaciones”, por lo que anticipó que no se contrapone con la nueva norma.

En el proyecto de Ley se estableció una nueva disposición transitoria por la cual se determina que la ARCT deberá establecer el procedimiento de cobro a las empresas de telefonía móvil Otecel (Movistar) y Conacel (Claro) por las deudas que mantienen desde el 1999 por el tema referente al redondeo telefónico que hacían estas empresas en contra de sus usuarios.

La propuesta fue presentada por la legisladora de PAIS, Alexandra Ocles, quien explicó que el redondeo o aproximación en el cobro de planillas de telefonía y celular consistía en que las empresas telefónicas cobraban como un minuto más los segundos que se utilizaba en este servicio, lo cual fue derogado en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, que estableció que la facturación se hará por el tiempo real de uso, expresado en minutos y segundos, según corresponda.

Precisó que a Claro se le estableció una multa de $27 millones, los cuales, según la empresa se devolvió en tiempo a los usuarios, lo cual habría sido declarado como improcedente por la Superintendencia de Telecomunicaciones. Dijo que la multa a Movistar fue una cifra similar, sin precisar la cuantía.

La ley también garantiza el acceso a las tecnologías de la información y comunicación en todo el territorio nacional a todas las personas más allá de su condición socio económica, para eso se mantiene el 1% de los ingresos totales, a los prestadores de servicios de telecomunicaciones, lo que permitirá que existan los recursos necesarios para que se pueda invertir en infraestructura, equipamiento y en mejorar los servicios en las zonas rurales, así como en las instituciones educativas.

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