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Ecuador, 25 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Corte Suprema de Argentina reconoce derecho a decidir muerte digna

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La Corte Suprema de Argentina reconoció el derecho a todo paciente a decidir su muerte digna en un fallo dictado este martes en favor del caso de un hombre que lleva más de 20 años en estado vegetativo, aunque aclaró que no se trata de "eutanasia".

Esta instancia consideró que los familiares pueden "dar testimonio de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que éste quiere o no recibir" cuando se encuentre imposibilitado por sí mismo, precisó.

La decisión pide que se suspendan las medidas que prolongan artificialmente la vida de M.A.D. quien, como consecuencia de un accidente automovilístico, se encuentra postrado desde 1995 en una clínica de Neuquén, según explica la agencia Télam.

Según relata el Centro de Información Judicial (CIJ), este hombre sufrió una grave lesión en el cerebro, por lo que hace más de 20 años no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante estímulos verbales y tampoco responde ante estímulos visuales.

Además, carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad de elaborar una comunicación, comprensión o expresión a través de lenguaje alguno y no presenta evidencia de actividad cognitiva residual.

El paciente requiere de atención permanente para atender sus necesidades básicas y recibe alimento a través de una sonda gástrica.

Por lo tanto, con el fallo se autoriza a cesar la hidratación y alimentación que permiten prolongar la vida del enfermo de forma artificial, pero sin permitir ninguna acción médica que provoque deliberadamente su muerte, tal como define la eutanasia la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Antes de tomar su decisión, la Corte Suprema "ordenó al Cuerpo Médico Forense y al Instituto de Neurociencias de la Fundación Favaloro la realización de nuevos estudios médicos al paciente que "confirmaron el carácter irreversible e incurable de su situación", explica el CIJ.

Es la primera vez que la Corte se expresa en este sentido y reafirma que en caso de que esa voluntad no haya sido expresada por anticipado en un documento legal, es válido el mero testimonio de la familia sobre los deseos del paciente, bajo declaración jurada.

En Argentina la ley de Derechos del Paciente, aprobada en mayo de 2012, establece el derecho de las personas a disponer mediante poder legal órdenes anticipadas sobre su salud en casos irreversibles.

Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Suiza, Gran Bretaña, Italia, Alemania, Noruega, Suecia, Hungría y República Checa figuran entre los países que permiten la muerte digna. En España solo lo permiten tres provincias y en Uruguay rige desde 2013 "la ley del buen morir" que contempla el rechazo a tratamientos médicos para prolongar la vida, similar a la argentina. (I)

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