Especial coronavirus
Certificado online de defunción tarda 2 horas
La emisión del certificado de defunción es el único servicio que brinda el Registro Civil (RC) de manera presencial en las 31 agencias en el horario de 08:00 a 12:00.
Debido al estado de emergencia por covid-19, el RC cerró el servicio presencial. Algunos de ellos fueron trasladados al ámbito virtual como los certificados de matrimonio, defunción, unión de hecho y estado civil.
Incluso el pago es en línea; el documento puede descargarse de la página web y tiene validez jurídica. El proceso se enmarca en la política de simplificación de trámites que sigue el proyecto Ecuador Digital a cargo del Ministerio de Telecomunicaciones.
Para evitar el traslado de las personas que han perdido a un familiar, el RC implementó el servicio en línea del certificado de defunción disponible en la página web registrocivil.gob.ec, en la pestaña “solicitud de inscripción de defunciones”.
Es un servicio nuevo, precisó Vicente Andrés Taiano, director general del Registro Civil, Identificación y Cedulación. Fue lanzado a la ciudadanía el 3 de abril y el procedimiento es el mismo: presentación del documento de identidad y del formulario del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) correctamente llenado.
Taiano agregó que de tener la documentación en orden, el proceso no tardará más de dos horas y el usuario tendrá en su correo electrónico el certificado de defunción. “Durante el tiempo que dure la emergencia, el certificado de defunción no tendrá costo”, puntualizó el director del RC.
Aunque vía redes existen ciudadanos que piden la celebración de matrimonios de manera online, el RC mantiene suspendido el trámite así como también el servicio de emisión de pasaportes.
Con respecto a los nacimientos, el Registro Civil sigue la elaboración de un plan piloto para que los padres puedan inscribir a los niños en los hospitales donde hay oficinas de la entidad.
“Estamos con todas las medidas de seguridad trabajando en un plan piloto en pequeñas ciudades donde no tengamos alta propagación de covid-19, según lo establecido por el COE Nacional, para poder atender el servicio de inscripción de nacimientos”, explicó Taiano.
El funcionario también destacó que, según la normativa vigente, los padres pueden inscribir a su hijo hasta después de 3 meses del nacimiento. Con ello buscan evitar la aglomeración en las agencias. (I)