Arrendatarios desconocen contenido de la reforma
El martes pasado la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de reformas a la Ley de Inquilinato, que establece que los Municipios regularán las condiciones del arrendamiento.
El proyecto de ley, que aún espera el veto del Ejecutivo, dispone la creación de una Oficina de Registro de Arrendamientos que inscriba los contratos y custodie el monto establecido como garantía por el uso del inmueble.
Para custodiar la garantía, las Oficinas de Registro deberán abrir una cuenta en el Banco de Fomento a nombre del municipio respectivo, en la cual los inquilinos harán el depósito, que no podrá superar el doble de la cuota mensual de arriendo.
El proyecto también plantea que el precio de los arriendos sea regulado por los municipios. En Latacunga aún hay desconocimiento y lo poco que han escuchado genera preocupación.
Uno de los puntos más comentados es que la garantía ya no se entregaría al arrendatario sino a la Oficina de Arrendamientos, el cual reembolsará el dinero al inquilino luego de entregado el inmueble.
“No estoy muy enterada y no tengo propiedades de arriendo, pero por lo que he oído es una ley que impedirá que los propietarios de las casas abusen de los arriendos”, manifestó Julia Tamayo, ciudadana.
Luis Aníbal Torres es oriundo de Ibarra pero reside en Latacunga desde hace unos meses. Tiene una propiedad en Imbabura y no está de acuerdo con la nueva ley que podría entrar en vigencia en abril próximo. “Sí, hay gente que abusa de esto, pero no somos todos. Yo arriendo piezas para estudiantes y no me aprovecho de ello”, dijo.
Lo que más le inquieta es “cuánto tiempo tomará para que el Municipio devuelva el dinero y bajo qué parámetro lo hará”.
El proyecto señala que la garantía no se entregará al arrendador si el deterioro del inmueble se produce por su uso normal, por el paso del tiempo, por la mala calidad o defectos en la construcción del inmueble. Pero también aclara que si el daño es causado por los inquilinos o sus familiares, el arrendador podrá usar todo el valor para la reparación o, incluso, demandar civilmente al inquilino si el costo es mayor, sin que ello afecte la decisión de finiquitar el contrato.
Narda Corrales, arrendataria, también se manifestó en contra de la normativa, pues ahí se establece que pasado el segundo mes en mora, el propietario del inmueble puede solicitar el finiquito del contrato y desalojar al inquilino. “Eso va en contra de la gente pobre, que muchas veces tenemos que pedir de favor que nos esperen un mes o dos para pagar. El hecho de demorarnos un poco no quiere decir que seamos delincuentes, eso me preocupa mucho”, manifestó.
Al respecto, el proyecto de ley también establece la creación de los Juzgados de Inquilinato para resolver posibles controversias. El Consejo de la Judicatura será el encargado de fijar el número de jueces necesarios para cada jurisdicción territorial que, incluso, podrán tener competencia cantonal, de acuerdo a los requerimientos de cada localidad. Y en los cantones que no cuenten con jueces de inquilinato, serán los jueces de lo civil y mercantil quienes cumplan esa labor.
El alcalde de Ambato, Fernando Callejas, en cambio, calificó al proyecto como una “locura”, porque la creación de una Oficina de Arrendamientos implicaría más gastos por la contratación de personal. También expresó su preocupación porque los Cabildos serían los que fijen tarifas máximas de arriendos, según la ubicación y los servicios que ofrezca el inmueble.
Yolanda Flores, propietaria de un inmueble en el centro de Ambato, mencionó que la propuesta beneficia más al inquilino, pero “no todos tienen buenas intenciones”.
Sin embargo, asegura que al tratarse de una ley, tendrán que cumplirla.
Para José Aguilar, quien ha arrendado casi toda su vida, es justo que la ley se reforme, aunque no está de acuerdo con que el Municipio asuma la responsabilidad: “habrá largas filas de espera y demora en los trámites, tanto para la recepción como para la entrega de la vivienda”. En lo que va del año, la Unidad de Inquilinato de Ambato ha registrado 2.136 contratos.
Para la legalización, el contrato deberá tener los nombres completos de quienes lo suscriben, los servicios que ofrece y si es amueblado se deberá adjuntar un inventario de lo que contenga.