ANT aclara que la suspensión de la revisión vehicular aplica solo para Quito
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) precisó a través de un comunicado emitido el lunes 15 de junio de 2020 que la suspensión de la Revisión Técnica Vehicular aplica solo para Quito, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Anteriormente, la entidad había aceptado el pedido del Distrito Metropolitano de Quito, a través de la Secretaria de Movilidad, de suspender temporalmente esta medida.
La revisión vehicular ya no es un requisito, por primera vez desde 2007, para los automotores para su circulación y matriculación en la capital.
[??????????] La #ANT informa que, el método para la aplicación de la Revisión Técnica Vehicular (RTV) fue aceptada, únicamente para la ciudad de Quito, ya que cumplió con el plan específico exigido en la Disposición General Tercera de la Resolución 039-ANT-DIR-2020-ANT. pic.twitter.com/VLnKPOrlPG
— ANT Ecuador (@ANT_ECUADOR) June 15, 2020
La ANT autorizó el oficio ANT-ANT- 2020-0300 que dice: “Suspender la prestación del servicio de Revisión Técnica Vehicular en los Centros de Revisión Técnica Vehicular del Distrito Metropolitano hasta el 31 de diciembre de 2020, tomando en cuenta que la capacidad instalada de los mismo, las limitantes en espacio y ocupación dictadas y, la cantidad de vehículos pendientes de revisión, no permitirían en atender a la totalidad de usuarios”.
Además, agrega que se debe: “trabajar en protocolos eficaces para poder reabrir los centros de Revisión Vehicular en el 2021, tomando en consideración las nuevas disposiciones, que existirían en los meses de noviembre, diciembre, considerando también, las proyecciones de contagio y demás problemáticas que puedan afectar a los ciudadanos, para garantizar que no atente contra la salud de los usuarios y trabajadores”.
Cabe indicar que la ANT reanudó el proceso de matriculación y de revisión vehicular a partir del cambio de semáforo rojo a amarillo, con ello también se habilitó el pago de estos trámites.
Sin embargo, la institución indicó que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) que presenten dificultades para atender usuarios deberán enviar un oficio indicando esta situación. (I)