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Ecuador, 28 de Diciembre de 2024
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Proyecto que crea la Circunscripción Territorial Amazónica irá al Registro Oficial

Asambleístas amazónicos celebraron en el Pleno la aprobación de la ley de desarrollo de esa región del país.
Asambleístas amazónicos celebraron en el Pleno la aprobación de la ley de desarrollo de esa región del país.
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Con el voto unánime de los 116 asambleístas presentes, el pleno de la Asamblea aceptó 19 de las 34 observaciones del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica. 

Esta normativa tiene por objetivo regular la planificación y ordenamiento territorial, con observancia de los aspectos sociales, económicos, culturales y ambientales, así como establecer políticas, lineamientos y normativas especiales para garantizar el desarrollo humano, el respeto a los derechos de la naturaleza, la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad.

Mientras, con 93 votos afirmativos, el Pleno se ratificó el texto de las 15 objeciones restantes planteadas por el presidente Lenín Moreno.

De esta manera, una vez resuelto el veto parcial, el proyecto de Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica (CTEA) será remitido al Registro Oficial para su publicación.

El proyecto prevé el Fondo para el Desarrollo Sostenible Amazónico, cuyos recursos de este serán ejecutados por los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), según sus competencias, priorizando los servicios básicos, salud, educación, vivienda, cultura, deporte, transporte, apoyo a los planes de vida de los pueblos y nacionalidades y a grupos de atención prioritaria.

Los recursos de este fondo se destinarán al financiamiento de planes, programas y proyectos de desarrollo territorial y serán ejecutados por las instituciones legalmente constituidas y habilitadas de acuerdo con la ley, para ejecutar fondos públicos.

Se ejecutarán de forma directa o a través de alianzas público-privada y serán priorizados por la Secretaria Técnica y aprobados por el Consejo de la CTEA. Los pueblos y nacionalidades indígenas accederán a los recursos de este fondo a través de sus organizaciones representativas.

El Plan Integral tiene por objeto ordenar, compatibilizar y armonizar decisiones estratégicas de desarrollo para el territorio, apegadas al Plan Nacional de Desarrollo, priorizando recursos.

Respecto de las universidades, en un plazo máximo de dos años, a partir de la publicación de esta ley en el Registro Oficial, se realizarán los trámites correspondientes para la creación y funcionamiento de extensiones u otras ofertas de educación superior para las provincias de la Amazonía. (I)

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