Ellos deberán ser un mediador entre el público y el medio
Las audiencias y lectores por primera vez estarán amparadas por un defensor (Infografía y Documento)
Luego de dos intensos debates el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) aprobó el reglamento para elegir a los defensores de audiencia o lector. Este es un mandato de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), que ordena la creación de esta figura.
Estos defensores deberán ser electos en un concurso de méritos y oposición. Su salario será cubierto por los medios de comunicación, donde tendrán su oficina. Su labor será de enlace entre las audiencias o lectores, con los periodistas.
Es una figura que los grandes diarios ya poseen, pero es la primera vez que se reglamenta en Ecuador, hasta convertirse en un requisito para el funcionamiento de los medios, pero solamente de los nacionales. En países de Europa, los defensores son los encargados de tramitar las quejas de los lectores y tomar los correctivos necesarios para evitar otros errores.
Por ejemplo, cuando el diario español El País publicó en su portada una foto falsa del fallecido Hugo Chávez, intubado y en una mesa de operaciones, la defensora del lector escribió en su columna las fallas de la Redacción en ese tema.
El Cpccs ya dio el primer paso para implementar esta figura, más de un año después de la promulgación de la LOC. Había que esperar el reglamento, que recién se publicó seis meses después para iniciar el proceso.
El segundo debate del reglamento, completado en dos sesiones del pleno, fue intenso entre los consejeros. Una de las discusiones ejes fueron los requisitos que deberían tener los defensores, específicamente si era necesario poseer títulos de tercer nivel.
Las posturas eran varias. Desde que la única obligación sea ser bachiller, hasta que solo sean periodistas quienes puedan ocupar ese cargo. Al final se decidió que sea una persona con título de tercer nivel en Comunicación o Ciencias Sociales. Quien vele por el cumplimiento de los requisitos (ver infografía) será un equipo técnico, conformado por los delegados de los 5 consejeros. Entre ellos se seleccionará un coordinador. Este suborganismo emitirá informes, pero será el pleno del Consejo el que tenga la última palabra en todos los casos. (LEA EL DOCUMENTO)
Con el reglamento aprobado, el Cpccs publicará la convocatoria. A partir de allí habrá 10 días para que los interesados presenten la documentación del caso. El equipo técnico la revisará y emitirá un informe. Allí habrá una primera depuración.
Esa lista será presentada a la ciudadanía para abrir la etapa de impugnaciones. Cualquier ciudadano podrá pedir el retiro de determinada candidatura, pero sus denuncias tendrán que ser debidamente fundamentadas y documentadas.
En este punto nuevamente el equipo técnico redactará un informe y el Cpccs decidirá a qué impugnación dar trámite. Los candidatos impugnados presentarán entonces sus pruebas de descargo, las cuales serán analizadas otra vez por los técnicos. Al final nuevamente el proceso regresará a los consejeros.
En este punto se registraría otra depuración. Entonces se inicia la etapa de méritos. El reglamento estipula que los títulos solo pueden acreditar un máximo de 50 puntos. Hay una tabla donde se especifica cuánto puntaje otorgan los títulos universitarios, de maestrías, doctorados, de talleres, la experiencia profesional y demás.
Los otros 50 puntos serán ganados en la etapa de oposición. Para ello el Cpccs convocará a académicos universitarios de varias ramos. Ellos diseñarán una prueba de conocimientos que será tomada a todos los postulantes.
Solo en este punto se obtendrá el puntaje final. En caso de empate entre dos candidatos habrá un sorteo. Todo el proceso será acompañado por una veeduría y un notario de Pichincha dará fe de todo lo actuado.
Está previsto que el proceso termine en diciembre y los defensores inicien su gestión en enero de 2015. Entre las responsabilidades de estos nuevos cargos están tramitar los reclamos del público, realizar actos de mediación entre los ciudadanos y el medio, comunicar a los ciudadanos la respuesta de su reclamo, formular observaciones y recomendaciones a los directivos, entre otros.
Hernán Reyes, vocal del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) señaló que los defensores de audiencia no intervendrán en la producción informativa. Dijo que estas personas realizarán un trabajo posterior y que tiene que ver directamente con los reclamos o denuncias. Explicó que el defensor actuará únicamente bajo pedido, “a petición de parte, cuando un ciudadano sienta que vulneraron sus derechos”.
DATOS
El artículo 32 del Reglamento General de la Ley de Comunicación establece que “los datos generales de los y las defensoras de audiencias y lectores estarán a disposición del público en la página web de cada medio de comunicación social de alcance nacional, en la página web de la Superintendencia de la Información y Comunicación y en la página web del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
Las remuneraciones del defensor de las audiencias y lectores de cada medio de comunicación de alcance nacional serán pagadas por los medios a través de la Superintendencia de la Información y Comunicación.
Los defensores durarán en ese cargo 2 años y podrán participar en un nuevo período para ser elegidos por un periodo adicional, señala el reglamento.