Extracción del crudo del Yasuní incluye un Pacto Territorial Nacional para atención de la Amazonía
La Asamblea Nacional aprobará hoy en segundo debate la iniciativa del presidente Rafael Correa de declarar como zona de interés nacional la operación petrolera de los bloques 31 y 43 del Yasuni.
El martes pasado, la Comisión de Biodiversidad aprobó el informe que recogió observaciones de 30 organizaciones políticas y más de 50 recomendaciones de legisladores de diversos bloques legislativos.
El informe contempla que en caso de avistamiento de pueblos en aislamiento voluntario, se suspenderá las actividades hasta la aplicación de las políticas, protocolos y códigos de conducta que precautelen los derechos a la vida y la autodeterminación de los pueblos.
Así, también, la Comisión incluye la creación de un Pacto Territorial Nacional para la atención prioritaria a la Amazonía, orientando recursos presupuestarios para las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, en función de sus planes de vida y de sus derechos colectivos; para los gobiernos autónomos descentralizados y los territorios con mayores brechas de necesidades básicas insatisfechas, con el propósito de cumplir con el compromiso de dotar del agua potable, alcantarillado y saneamiento básico al 95% de la población a nivel nacional.
En el marco de este Pacto Territorial, los GAD, como parte de sus competencias, deberán priorizar la inversión en los servicios básicos y saneamiento ambiental, fomento de actividades productivas, desarrollo de la vialidad rural y la erradicación de la pobreza en los territorios.
La Asamblea insta a la Función Ejecutiva para que, de manera prioritaria, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 135 y 250 de la Constitución de la República, presente en el actual período legislativo el proyecto de ley de Régimen Especial para la Amazonía. Según el informe, la Asamblea se comprometerá a tramitar y aprobar dicho proyecto de ley, así como el Código Ambiental.
Aportes de la resolución legislativa
La Asamblea ratifica que la extensión de área intervenida no mayor al uno por mil del área actual del Parque Nacional Yasuní, con el propósito de cumplir los deberes primordiales del Estado, garantizar los derechos de las personas, las colectividades y la naturaleza y alcanzar el Buen vivir o el Sumak Kawsay.
La resolución precisa que, la Asamblea Nacional excluye de esta declaratoria de interés nacional realizar actividades extractivas en la Zona Intangible Tagaeri - Taromenane, delimitada mediante decreto ejecutivo No. 2187, publicado en el Registro Oficial del 16 de enero de 2007.
La Función Ejecutiva instaurará un sistema de monitoreo integral por niveles de los impactos de las actividades extractivas autorizadas generen sobre las personas, los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y el ambiente en el Parque Nacional Yasuní.
En ese mismo documento, la Asamblea acoge el planteamiento del gobierno nacional que estos recursos sirvan para el cambio de la matriz productiva, construir la sociedad del conocimiento, lo que implica que los recursos se inviertan en educación, investigación, ciencia, tecnología y salud. De la misma forma, estos recursos deben servir para un pacto territorial que permita atender en forma prioritaria a los habitantes de las provincias amazónicas, pueblos y nacionalidades indígenas, a los gobiernos autónomos descentralizados de esta región, a los territorios con mayores brechas de necesidades básicas insatisfechas y el compromiso que se dote de agua potable, alcantarillado y saneamiento básico para la población.