Asambleísta Xavier Jurado denunció en la Fiscalía al secretario de la Asamblea
El asambleísta Xavier Muñoz presentó este viernes 23 de agosto de 2024 una denuncia en la Fiscalía General del Estado en contra de Alejandro Muñoz, secretario general del Legislativo, por los presuntos delitos de usurpación y simulación de funciones públicas y uso de documento falso.
El legislador de la bancada de Acuerdo Democrático Nacional (ADN) señaló que el funcionario realizó declaraciones públicas "que corresponden a 'la postura institucional' del Parlamento, lo cual carece de sentido y legitimidad".
En el segundo aspecto, Jurado indicó que "se ha evidenciado una clara falta de prolijidad en el ejercicio de sus funciones, debido a que varias leyes aprobadas no han sido publicadas en el Registro Oficial de acuerdo con la voluntad del Pleno de la Asamblea Nacional, y para corregir se ha presentado FE DE ERRATAS, lo cual es ilegal".
En el comunicado, el asambleísta expresó que los servidores públicos son los primeros llamados a cumplir y hacer cumplir las normas.
El jueves 22 de agosto, Muñoz mencionó que el Legislativo no acataría una sentencia judicial, tras una acción de protección solicitada por la asambleísta Inés Alarcón (ADN) en contra de la Comisión de Fiscalización, para que se retomen los juicios por incumplimiento de funciones contra tres exfuncionarios del Gobierno del expresidente Guillermo Lasso. Se trata de Sebastián Corral, exsecretario de la Administración Pública; Pablo Arosemena, exministro de Economía y Finanzas; y Andrea Montalvo, exsecretaria de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt).
Desde la bancada de ADN rechazaron las declaraciones de Muñoz y señalaron que "intentan desconocer una sentencia que obliga a la reactivación de dichos procesos, vulnerando todos los principios constitucionales y legales de colaboración con la función judicial".
Según el artículo 287 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se considera como usurpación y simulación de funciones a la "la persona que ejerza funciones públicas sin autorización o simule cargo o función pública". La pena privativa de libertad para este delito es de uno a tres años
Por su parte, el artículo 328 del COIP indica que el uso de documento falso implica a "la persona que falsifique, destruya o adultere modificando los efectos o sentido de los documentos públicos, privados, timbres o sellos nacionales, establecidos por la Ley para la debida constancia de actos de relevancia jurídica". Este delito se sanciona "con pena privativa de libertad de cinco a siete años".
Con ejemplos?, la mula por naturaleza no puede parir!!!! Tampoco el Secretario de la @AsambleaEcuador puede ser vocero ni tomar decisiones de un órgano colegiado.
— Xavier Jurado (@Xavier_JuradoEc) August 23, 2024
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— EcuadorTV (@EcuadorTV) August 23, 2024