Asamblea se allanó totalmente al veto del Ejecutivo a la Ley de Aguas
La Asamblea Nacional aprobó el veto parcial del Ejecutivo a la Ley de Recursos Hídricos con 93 votos a favor, 19 en contra y 7 abstenciones. Estuvieron 119 legisladores presentes en el pleno.
En el informe no vinculante, la Comisión de Soberanía Alimentaria pidió al pleno acoger la observación parcial del Ejecutivo.
Según Miguel Carvajal, presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, el veto "contribuye a precisar, aclarar y complementar el sentido y alcance de sus disposiciones, por tanto, los textos propuestos por el Mandatario coinciden con la estructura, contenido y normativa del proyecto, los cuales fueron debatidos al interior de la comisión y en el pleno de la Asamblea".
Carvajal señaló que la ley recoge los criterios y opiniones de las consultas prelegislativas, para " tener una ley democrática y moderna".
El legislador reiteró que la norma propone objeciones que mejoran y precisan la Ley de Aguas.
El presidente Correa propuso 10 modificaciones a la norma. Se estableció que la Autoridad Única del Agua pueda establecer los parámetros generales, en base a estudios técnicos y actuariales, para la fijación de las tarifas por la prestación el servicio público de agua potable y saneamiento, riego y drenaje, y fijar los montos de las tarifas de las autorizaciones de uso y aprovechamiento productivo del agua, en los casos determinados en esta ley.
El Ejecutivo también sugiere una nueva atribución a la Agencia de Regulación y Control del Agua. Dispone que la entidad emita un informe previo vinculante para el otorgamiento de las autorizaciones para todos los usos y aprovechamiento del agua, así como también emitir normas técnicas para el diseño, construcción y gestión de la infraestructura hídrica, y controlar su cumplimiento.
Sin embargo, el punto más debatido por los asambleístas de la oposición fue las reformas al artículo 7 de la norma sobre las actividades en el sector estratégico del agua. Allí pidió enfatizar que la prestación del servicio público del agua es exclusivamente pública o comunitaria. Precisa que excepcionalmente podrán participar la iniciativa privada y la economía popular y solidaria, en los siguientes casos:
a) Declaratoria de emergencia adoptada por la autoridad competente, de conformidad, con el ordenamiento jurídico; o,
b) Desarrollo de subprocesos de la administración del servicio público cuando la autoridad competente no tenga las condiciones técnicas o financieras para hacerlo. El plazo máximo será de 10 años, previa auditoría.
Estos cambios fueron cuestionados por asambleístas de la oposición como Luis Fernando Torres (CREO), Paco Fierro (Sociedad Patriótica) y Lourdes Tibán (Pachakutik).
Efrén Reyes, asambleísta alterno de Soledad Buendía (PAIS), dijo que la normativa precautela el manejo del recurso hídrico y establece, a través del Ejecutivo, los parámetros técnicos para decir cuánto se debe cobrar por una tarifa. Explicó que la Autoridad Única del Agua establecerá los parametros técnicos, pero que quienes fijarán las tarifas serán los Municipios.
También detalló que la situación será similar en riego, en donde se pide que se fijarán los parámetros técnicos para garantizar que los sistemas de riego cumplan con los objetivos.