Destino de Correa en manos de jueza Camacho
El Pleno de la Asamblea Nacional declaró improcedente el pedido de la jueza de la Corte Nacional de Justicia, Daniella Camacho, para que sea el Legislativo el que autorice la vinculación penal del expresidente Rafael Correa al caso del secuestro del exasambleísta Fernando Balda.
El legislador Fernando Burbano mocionó su resolución que alcanzó 83 votos afirmativos, 2 negativos y 13 abstenciones. Argumentó que el pedido de la magistrada no procedía, porque "el ciudadano Rafael Correa ya no es presidente de la República".
Expuso que la Constitución (Art. 120, numeral 10) señala que la autorización para enjuiciamiento penal es para presidente o vicepresidente de la República, "no se refiere a expresidente o exvicepresidente". De esta manera el pedido vuelve a la CNJ.
La sesión No. 522 inició con gritos que denunciaban agresiones a cuatro asambleístas de Revolución Ciudadana. Además, exigían debate, pero se dio paso a la votación de la resolución.
Luego, hubo una votación de reconsideración planteada por Fabricio Villamar (CREO), pero esta registró 3 votos afirmativos, 73 negativos y 16 abstenciones. Por tanto, la Asamblea Nacional reafirmó que es improcedente el pedido de la jueza.
En rueda de prensa, la presidenta de la Asamblea, Elizabeth Cabezas, defendió la votación y lamentó los incidentes que "se han querido generar al interno, para poner en tela de duda las acciones de la reunión".
También informó que hubo problemas en el sistema registrando votos abstentivos cuando se dieron a favor. "Los incidentes y bulla generaron distracción", apuntó.
"Hemos actuado en derechos y tomando jurisprudencia existente en casos similares como el caso del expresidente Jamil Mahuad en el año 2000", añadió.
Respecto al anuncio de la bancada afín al presidente Correa, de demandar la nulidad de lo actuado este día, Cabezas dijo que están en libertad de hacerlo. Sin embargo, apuntó, ya conocían de que se pretendería evitar que se produzca la sesión.
"Se pretendió incidentar esta reunión y poner prohibición de ejecución de la misma, a través de un juzgado en Junín, en Manabí", sostuvo la titular del Legislativo.
Sobre el fuero de corte, añadió que el tema es distinto, pues "corre para las acciones que fueron ejecutadas durante el ejercicio de las funciones". (I)