1.176 medios ingresaron datos al sistema único (DOCUMENTO)
El plazo para que los medios de comunicación registren obligatoriamente sus datos en una plataforma única venció ayer.
Esta disposición está en la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y fue reglamentada hace poco por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom). El organismo recibió datos de 1.176 empresas relacionadas con la comunicación e información. De esta cifra, 958 solo ingresaron información básica como la razón social.
Desde el 9 de enero hasta ayer los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios del país, tenían plazo para ingresar sus datos en la página web www.cordicom.gob.ec, en el enlace sistema de registro único de medios de comunicación.
Sin embargo, para los medios que no lograron ingresar, el Consejo aplicará un procedimiento para que soliciten una clave, mediante correo electrónico, junto a una justificación del motivo por el cual no lo hicieron dentro del plazo. El alegato será analizado al interior del organismo regulador.
El reglamento de ocho artículos y una disposición transitoria establece que en el registro se incluye datos generales del medio, los cuales debían ser ingresados en la plataforma virtual del Cordicom. Allí deben estar el Registro Único de Contribuyentes, razón social, tipo de medio, persona jurídica, entre otros.
La información societaria-administrativa, en tanto, tiene datos relativos al representante legal. En el caso de las frecuencias de servicios de radio y televisión abierta, entre la información que se presenta, está origen y franja horaria de los contenidos de los programas o segmentos.
Mientras que los medios impresos registran información relacionada a la frecuencia de distribución, número promedio de ejemplares, puestos en circulación por periodicidad de tiraje, por mencionar algunos. En el ámbito laboral se obliga a los medios la entrega del listado total de trabajadores, el número de mujeres, así como las personas con discapacidad y el cargo, al igual que la instrucción y autodefinición étnica.
Según el consejero Roberto Wohlgemuth, el objetivo del organismo con esta disposición que está contemplada en la Ley Orgánica de Comunicación es ir más allá de un catastro que capte datos generales, pues se lo usará como una herramienta de política pública.
La norma determina que el registro es vinculante, pero no constituye una autorización para el funcionamiento de los medios, no obstante aquellos que incumplan no podrán pautar publicidad de ninguna entidad del Estado.
Al ser una entidad de Regulación y Desarrollo, estos datos servirán para conocer la situación comunicacional en el país para articular planes en su beneficio.
Uno de esos datos es conocer la oferta de contenidos, la programación existente y su clasificación en el ámbito informativo, educativo, cultural, de entretenimiento, entre otros. La inclusión es otro de los parámetros que se tomaron en cuenta. Para ello el Cordicom tiene el desafío de promover contenidos interculturales a través de los mecanismos que se requiera.
La profesionalización de los trabajadores de la comunicación es un dato que se está incluyendo en la planificación con la Secretaría de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt) y el Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (Secap).
Wohlgemuth recordó que dentro de la transitoria primera del Reglamento general de la LOC se establece un plazo de seis meses, a partir de la vigencia de este texto, para iniciar el proceso de certificación de competencias profesionales de quienes ejerzan actividades relacionadas con la comunicación.
Para ello se está analizando la oferta académica de estas entidades para los profesionales y personal de apoyo a la producción y difusión periodística, como la realización audiovisual, de fotografía y de sonido.
Los representantes de la fotografía se comprometieron a entregar en un mes un censo nacional, con datos de quienes ejercen este oficio. Datos oficiales en 2010 mencionan a 4.700 personas que realizan actividades relacionadas con la fotografía en Ecuador y de esta cifra 3.700 trabajan como fotógrafos.
Con el catastro actualizado y con el registro único de medios se podrá conocer con mayor claridad la oferta académica, el tiempo que tomaría la capacitación y si está contemplado en tercer o cuarto nivel profesional.
El consejero Wohlgemuth mencionó que otra obligatoriedad de la disposición de la RPM es que los medios masivos notifiquen la actualización de datos cada año.
OBLIGACIONES TAMBIÉN SON PARA EMISORAS
El reglamento general de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), expedido esta semana por el Ejecutivo, ratifica que al menos el 60% de los programas que transmitan los medios en la franja de 06:00 a 18:00 debe ser nacional.
Además el 10% de su programación debe provenir de productores independientes. Estos últimos deberán acreditarse ante el Ministerio de Cultura.
Esta Cartera de Estado registrará las producciones independientes de sus propietarios. Los medios podrán acceder a esa base de datos para cumplir con la programación mínima.
Sobre la orden de que el 50% de la música que transmitan las radios sea de cantantes ecuatorianos, el reglamento aclara que estos contenidos deben ser equitativos entre intérpretes noveles y reconocidos. Estas transmisiones podrán ser realizadas de forma secuencial o alternada.
Los medios, en la rendición de cuentas que envíen al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), deberán incluir los pagos que han hecho por concepto de derecho de autor por las producciones que compraron y transmitieron.
La Superintendencia de Información y Comunicación establecerá las sanciones administrativas que correspondan para los medios que no transmitan producciones nacionales o música ecuatoriana.
CC ACEPTA DEMANDA CONTRA NORMA
La Corte Constitucional aceptó a trámite la demanda contra la Ley de Comunicación interpuesta por 60 activistas, políticos, periodistas y ciudadanos en general.
Este grupo de personas presentó hace cuatro meses la querella contra la constitucionalidad de la norma.
De esta manera la CC ya tramita dos demandas en este sentido, ya que la primera fue interpuesta por el asambleísta Luis Fernando Torres, del Partido Social Cristiano (PSC).
El exlegislador Enrique Herrería, representante de los demandantes, dijo que su pedido de medida cautelar para suspender la aplicación de la norma fue rechazado por la Corte.
Datos
El artículo 88 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) manda que los medios de comunicación se registren en un catastro a cargo del Cordicom. En el caso de que no cumplan con la obligación de registro no podrán pautar publicidad de ninguna entidad del Estado.
El artículo 89 de la LOC dispone que los medios de comunicación deberán notificar al Consejo todo cambio en la información registrada.
A pesar de que se dispone cumplir esta disposición en un plazo de 180 días, los medios podrán seguir registrándose, pero ahora con una solicitud previa al Cordicom.