Delitos de género: sus tipos y procesos para hacer una denuncia
En Ecuador existen siete delitos de género tipificados por la Fiscalía General del Estado (FGE). Razón por la cual, hay que tener en claro qué detalles debe tener la denuncia para agilizar los procesos. Las personas que deseen realizar el proceso deben hacerlo en el portal dispuesto en su página web.
En ella se despliega un formulario en línea donde se deberán agregar la información necesaria para avanzar con el proceso de investigación.
La entidad exhorta proveer todos los datos del agresor de forma obligatoria para agilizar el caso. “Una sola denuncia es suficiente, en menos de 24 horas nos pondremos en contacto contigo”, señala el anuncio de Fiscalía
Pero, ¿cuáles son los delitos de género que se contemplan en la Ley?
Femicidio: acción de matar a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género.
Violencia física contra la mujer o miembros de la familia: este corresponde a todo maltrato o agresión que produzca daño o sufrimiento físico. Los actos de violencia
Se entiende por violencia sexual contra la mujer o miembros de la familia, a cualquier acto que obligue a una persona a mantener relaciones sexuales sin consentimiento previo.
El contacto con finalidad sexual y oferta de servicios sexuales con menores de dieciocho años por medios electrónicos también es un delito tipificado. Este refiere proponer encuentros con menores de edad a través de medios virtuales para obtener acercamientos sexuales.
La representación visual de desnudos o semidesnudos reales o simulados de nulas, niños o adolescentes en actitud sexual a través de materiales electrónicos corresponde a un delito de Pornografía infantil.
Se trata de violencia psicológica contra la mujer o miembros de la familia, cuando se infringe un daño a la salud mental y emocional con amenazas, perturbaciones, manipulaciones, chantaje, humillación y cualquier otro tipo de acciones que atenten con la integridad psicológica de la víctima.
El ofrecimiento de servicios sexuales con menores de 18 años a través de medios electrónicos es considerado como delito de oferta de servicios sexuales con menores de edad.