La norma impedía que los militares acusados cumplan con las penas
Bachelet pide derogación de Ley de Amnistía (Galería)
La presidenta Michelle Bachelet solicitó al Congreso debatir con suma urgencia una moción parlamentaria estancada hace varios años y que busca anular la Ley de Amnistía implementada en 1978 por la dictadura de Augusto Pinochet.
La iniciativa ya fue visada y firmada por la presidenta Michelle Bachelet, quien además incluiría la eliminación del artículo 93 del Código Penal chileno.
La decisión presidencial se enmarca dentro de los 41 años del Golpe de Estado y va en la línea de las solicitudes hechas por la ONU.
Según indicaron desde la Secretaría General de la Presidencia, se trata de una moción parlamentaria presentada el 21 de abril de 2006 y que patrocinaron los senadores Guido Guirardi (PPD), Juan Pablo Letelier (PS), Alejandro Navarro (MAS) y el entonces senador Mariano Ruiz-Esquide (DC).
Dicho proyecto establece que se declare “insanablemente nulo por inconstitucional el decreto ley 2.191 de 19 de abril de 1978″, pues “carece de todo efecto jurídico para el juzgamiento de la responsabilidades penales, civiles, administrativas y militares emergentes de los hechos que ella pretende cubrir, siendo en particular inaplicable a ella el principio de la ley penal más benigna, establecida en el artículo 18 del Código Penal”.
En su artículo 3, la moción señala que “se declara que son inamnistiables e imprescriptibles todos aquellos crímenes y simples delitos perpetrados por funcionarios públicos o particulares durante un período de interrupción constitucional, que cometidos particular o masivamente, puedan ser calificados como crímenes de guerra o de lesa humanidad”.
Con ello se buscaría dejar sin efecto la Ley de Amnistía, que precisamente permite que militares responsables de crímenes de lesa humanidad entre los años 1973 y 1978, cuando se efectuaron los más grandes operativos de asesinato de opositores al régimen, no cumplan penas de cárcel.
Al respecto, la ministra secretaria General de la Presidencia, Ximena Rincón, señaló que “la sala penal no ha aplicado la ley de amnistía. Probablemente esta discusión legislativa cierra el espacio a la posibilidad de que se pudiera alguna vez aplicar”.
En tanto el ministro de Justicia, José Antonio Gómez, indicó que “lo que ha hecho la sala penal es no aplicar la ley de amnistía, eso nos da hoy día como resultado tener una cantidad importante de personas condenadas”.
En efecto, la norma no es aplicada por los tribunales de justicia desde 1998, 8 años después de concluido el régimen de Pinochet, lo que ha permitido juzgar y condenar a exmilitares por crímenes de lesa humanidad.
Resultados de incidentes
Al menos 14 heridos y 179 detenidos dejaron el jueves los disturbios en Chile enmarcados en la conmemoración del 41 aniversario del golpe militar, un balance menor al de años anteriores, según informó ayer la policía.
Durante la madrugada de ayer hubo barricadas, balaceras en barrios periféricos y cortes de luz que afectaron a unos 120.000 hogares, según cifras de la Intendencia.
En comparación al año pasado, se contabilizó “el 50% menos de personal lesionado, el 40% menos de detenidos, de daño a los buses de Transantiago y vehículos particulares quemados”, dijo a periodistas el general de Carabineros, Alejandro Olivares.
Un bus del transporte público fue quemado en el barrio de Puente Alto, al sur de la capital, mientras que se reportaron 35 avisos de bomba que resultaron ser falsos.
La intendencia metropolitana presentará 12 querellas por los distintos disturbios, según se reportó en el mismo informe.
DATOS
El artículo 93 del Código Penal señala que la responsabilidad se extingue en las siguientes circunstancias:
1. Por la muerte del responsable, siempre en cuanto a las penas personales, y respecto de las pecuniarias solo cuando a su fallecimiento no se hubiere dictado sentencia ejecutoriada.
2. Por el cumplimiento de la condena.
3. Por amnistía, la cual extingue por completo la pena y todos sus efectos.
4. Por indulto. La gracia del indulto solo remite o conmuta la pena; pero no quita al favorecido el carácter de condenado para los efectos de la reincidencia o nuevo delinquimiento y demás que determinan las leyes.
5. Por el perdón del ofendido cuando la pena se haya impuesto por delitos respecto de los cuales la ley solo concede acción privada.
6. Por la prescripción de la acción penal.
7. Por la prescripción de la pena.