Publicidad

Ecuador, 06 de Noviembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

La Asamblea insiste en texto de registro de violadores

La asambleísta impulsora de este cuerpo legal, Lourdes Cuesta, espera que la Corte Constitucional dé paso a la ley.
La asambleísta impulsora de este cuerpo legal, Lourdes Cuesta, espera que la Corte Constitucional dé paso a la ley.
Foto: Miguel Jiménez / El Telégrafo
06 de noviembre de 2019 - 00:00 - Redacción Justicia

La Comisión Legislativa de Justicia y Estructura del Estado se reunirá la mañana de este miércoles 6 de noviembre de 2019 para analizar el veto parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de Registro Ecuatoriano de Violadores, Abusadores Sexuales de Niñas, Niños y Adolescentes, conocida como REVAAS.

Debido a que el veto se divide en una objeción parcial a su contenido y por inconstitucionalidad, la Corte Constitucional (CC) tendrá que pronunciarse mediante dictamen, que es mandatorio.

Previamente la Asamblea Nacional deberá enviar un informe a la CC, en el que exponga su posición sobre el veto presidencial. Y es ese texto el que debe salir de la Comisión de Justicia, dijo su presidenta Ximena Peña (AP).

“Luego de conocer el contenido iniciaremos el debate y de ahí elaboraremos el informe que remitiremos a la Corte Constitucional, probablemente en esta semana”, manifestó.

La legisladora consideró que hay suficientes elementos para que la Comisión y la Asamblea se ratifiquen en el texto aprobado. “Nos ratificaremos, defendemos la constitucionalidad de la ley apelando al principio superior, que es la protección de los niños de los abusos sexuales”, precisó.

El asambleísta Esteban Torres (PSC), integrante de la Comisión de Justicia, consideró que al analizar el veto no ha encontrado razones constitucionales o jurídicas para la objeción del Ejecutivo.

“En el proyecto REVAAS no hay ni un solo elemento que se pueda cuestionar porque estamos respetando los derechos de todos los ciudadanos, inclusive de los violadores y, sobre todo, protegiendo a los niños”, sostuvo.

La legisladora que impulsó este cuerpo legal, Lourdes Cuesta (Ind.), mostró su indignación por el veto a un proyecto de ley aprobado por unanimidad en el pleno de la Asamblea Nacional.

Según el Ejecutivo, el mencionado registro acarrea una inconstitucionalidad porque discrimina a los violadores de menores, ya que atenta contra su derecho al trabajo.

Al respecto, Cuesta aclaró que no se atenta contra el derecho al trabajo porque no es un registro público y porque la inhabilidad para trabajar es única y exclusivamente en actividades relacionadas con niñas, niños y adolescentes.

Además, recordó que existe una opinión consultiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que hace una diferencia entre discriminación y distinción. “Acá lo que hacemos es distinguir un grupo peligroso para otro grupo que necesita mayor protección del Estado y la sociedad”.

Según la parlamentaria, con el veto se resta validez al conocimiento constitucional de los 110 legisladores que aprobaron el proyecto y subrayó que en otros países como Francia, España, Estados Unidos, Canadá, Argentina, Colombia, Uruguay, Nicaragua, Perú, México, entre otros, ya existe esta ley.

Los tres legisladores coincidieron en que es necesario ratificarse en el texto aprobado y formularon votos porque la CC acoja el pedido favorable para que el cuerpo legal entre en vigencia.

El veto presidencial contenido en 15 páginas contempla observaciones en nueve artículos. En cinco puntos explica que el mecanismo propuesto por el Legislativo para la creación de este registro “contraviene derechos y garantías de las personas y deberes primordiales del Estado contemplados en la Constitución…”.

El Ejecutivo consideró que el proyecto es loable; sin embargo, la ley causaría un trato discriminatorio por razones de pasado judicial, en perjuicio de quienes fueron sentenciados por delitos de agresión en contra de niños y adolescentes, pues establece la obligación de presentar un certificado de antecedentes penales para acceder a una plaza laboral, lo que contraviene el artículo 11, numeral 2, de la Constitución. (I)

Contenido externo patrocinado

Ecuador TV

En vivo

Pública FM

Noticias relacionadas

Social media