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Hasta el 31 de enero debe proyectar los gastos personales ante el SRI

Hasta el 31 de enero debe proyectar los gastos personales ante el SRI
Foto: Archivo EL TELÉGRAFO
19 de enero de 2016 - 11:17 - Redacción Economía

La proyección de gastos personales de 2016 debe realizarse hasta el 31 de enero. Para ello, el Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó el formulario de declaración de gastos personales, en donde las personas jurídicas en relación de dependencia, cuyos ingresos anuales superen los $11.170, deben realizar una proyección de los gastos que realizará en este año en 5 rubros: vivienda, educación, alimentación, vestimenta y salud.

Paola Hidalgo, directora de la zonal 9 del SRI, explica que en cada uno de estos rubros hay un límite de $3.630, 25, es decir la persona que realiza el proceso no debe exceder de este monto. Sin embargo, el rubro de salud es el único que no tiene límite. En este, la persona puede declarar hasta $14. 521, pese a ello el resto de montos (vivienda, educación, alimentación y vestimenta) no debe superar esta cifra, ya que los cinco rubros en su conjunto no pueden exceder los $14.521.

Aquí lea algunos cuestionamientos cotidianos que realiza la ciudadanía a la directora de la zonal 9 del SRI

¿Por qué es necesario realizar la declaración de gastos personales?

En esta proyección lo que el usuario hace es un estimado de los gastos personales que tendrá en este año. Cada año el SRI entrega a la ciudadanía el monto anual por el cual se debe tributar el valor al impuesto a la renta. Para este año deben hacerlo las personas cuyos ingresos anuales superan los $11.170.

¿Hay algún beneficio de ley al realizar la proyección de gastos y la declaración del impuesto?

De acuerdo a la ley al declarar el impuesto a la renta, esta personas tienen de acuerdo a la ley un beneficio, es decir, una deducción del pago del impuesto a la renta de sus gastos personales. Antes de este gobierno, esta deducción no existía. Le baja el impuesto a la renta que debe pagar.
Cada año sube el monto para la obligación de declarar el impuesto a la renta, es decir el que paga más, tributa o declara más.

¿Qué rubros se incluyen en el impuesto a la renta?

Este año son 5 rubros de gastos personales que corresponden a vivienda, educación, vestimenta, alimentación y salud.

¿Hay un límite máximo?

El límite máximo es de $3.630, 25, no se puede sobrepasar más, en general $14. 521 (la suma de todos los gastos personales no debe sobrepasar esta cifra). Sin embargo, salud no tiene un límite máximo, puede deducirse todo, pero la suma de todos no debe sobrepasar lo estimado.

¿En los $11.170 se contemplan las horas extras del empleado?

Sí, un estimado.

¿Qué pasa para quiénes no realizan la proyección de gastos personales?

El empleador retiene mensualmente nuestro pago al impuesto a la renta. La retención se realiza en partes iguales para que al final del año sea pagado en su totalidad. Si yo no presento, no me va a considerar el empleador ningún gasto deducible.

¿Pierdo el derecho?

Como empleado no pierdo el derecho puedo hacer la liquidación final en el siguiente año y solicitar al SRI que me devuelva lo pagado en exceso. Sin embargo, el 31 de enero se acoje al beneficio de manera inmediata.

¿Se contempla en la deducción la reparación de vehículos, compra de llantas, etc?

No aplica, porque no es un gasto personal.

¿El pago de gasolina aplica?

No, solamente los 5 rubros (vivienda, educación, alimentación y vestimenta) que son gastos personales.

¿El rubro salud tiene el mismo monto?

Salud no tiene un límite máximo, puede deducirse todo. Pero la suma de todos no debe sobrepasar lo estimado, es decir $14.521 o el 50% de mis gastos.

¿Qué pasa si en la proyección se pone ciertos valores y luego se da cuenta que en ciertos rubros se invirtió más?

Es una proyección de los gastos, normalmente se hace con base a lo que gastó el año pasado, pero en el año puede surgir temas que no estaban considerados. Por ello, en julio puede presentar el anexo, verificando la información de lo que ha pasado en los meses anteriores y también haciendo una proyección de los siguientes meses.

¿Qué pasa si la persona no hace esta proyección?

Le van a cobrar un impuesto a la renta mayor.

¿Y qué pasa si en julio no realiza el anexo a la proyección de gastos?

Le van a cobrar el impuesto tal cual como lo hizo en enero.

¿Hay sanciones para quien no realice la proyección de gastos personales?

No hay sanción, sino que es un beneficio para el empleado presentar este formulario, porque se beneficia no solamente en ese momento, sino en la devolución al final.

¿Pueden ser los gastos inferiores a $3.630, 25?

Por supuesto, esto es el límite máximo. De hecho nosotros aconsejamos que no se ponga el límite máximo, porque al final del año si gasté más tengo la obligación en marzo de 2017 de realizar la liquidación con los rubros correctos, basados en facturas , a nombre de mi esposo e hijos y menores de edad, y si no lo hago en forma correcta al final me va a tocar pagar un impuesto a la renta, porque me deduje algo que no debí deducirme.

¿Cuándo se debe realizar la declaración al impuesto a la renta del 2015?

En el 2015 tenían la obligación de declarar todas las personas que ganen $10.800 al año. La declaración se realiza en marzo de este año 2016, haciendo la liquidación de enero a diciembre de 2015.

¿De qué mes a qué mes se deben guardar las facturas?

Las facturas deben recogerse hasta diciembre, desde enero a diciembre. Los años son cerrados (fiscales). En febrero de este año debe realizar el anexo efectivo del año pasado con las facturas y en marzo la liquidación de impuesto a la renta del año pasado. El SRI tiene la base de datos con todas las facturas electrónicas de los ciudadanos. En febrero, vamos a sacar una herramienta, en donde las personas podrán realizar su anexo de gastos personales considerando las facturas que fueron emitidas a nombre de ellas, cónyuge o hijos menores de edad. En un futuro no se necesitará guardar las facturas, pero por ahora debe hacerlo.

¿Las facturas de compra de ropa por fuera del país se pueden presentar?

No. Estos gastos personales buscan incentivar la industria nacional. No nos interesa que salgan las personas a otros países y se quede la plata en otro país, lo que nos interesa es que entre nosotros nos compremos y con esto se beneficie a la industria nacional.

¿El pago de universidades por fuera del país se contempla?

Como deducción, no. El objetivo o beneficio del gasto deducible, dentro de la normativa, es impulsar la industria nacional.

¿Sí se pueden presentar los comprobantes de pago del Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo (IECE)?

Por supuesto, pero los intereses que presenta la tabla de amortización del crédito.

¿Todas las facturas deben ser nacionales?

Sí, solo aplican las facturas nacionales, pero, por ejemplo, en el tema de instituciones financieras se contempla como comprobante de venta los comprobantes de las instituciones financieras.

¿Qué pasa si al final la persona se da cuenta que tiene más rubros en alimentación, que en salud o en otro?

No hay ningún problema, al final en la liquidación de impuesto a la renta ella tiene que colocar efectivamente los rubros que han sido realizados, sustentados con las facturas. En la liquidación le dirán al contribuyente si debe pagar o solicitar la devolución al SRI.

¿La declaración del impuesto a la renta del 2015 solo se puede hacer en marzo?

No, en este momento (enero) se puede realizar la declaración del impuesto a la renta, porque ya se cerró el año fiscal a diciembre y ya se sabe lo que tuve de ingresos, sabemos el rol de pagos, tengo las facturas y puedo hacerlo. En marzo concluye el plazo legal para no incurrir en multas e intereses por no haber hecho el impuesto a la renta.

Cifras de la recaudación

Paola Hidalgo, directora de la zonal 9 del SRI, informó que el impuesto a la renta total que se recaudó en 2015 fue de $2.542'412.000, solamente en la provincia de Pichincha.

Indicó que las personas naturales tuvieron una participación de $74' 221.000 solo en la recaudación del impuesto a la renta.

Para la funcionario, el año pasado fue sui géneris por la ley de remisión, "ya que las personas se volcaron a cancelar sus deudas porque les remitíamos los intereses. La gente se acercó con mucha fuerza", dijo. Las personas jurídicas aportan en depósito a la renta $822 millones, según indicó Hidalgo. (I)

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