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Contribuyentes podrán declarar importaciones de medicinas sin el ISD
El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció la implementación de una nueva versión del formulario para la declaración de transacciones exentas del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta actualización, disponible desde el 12 de febrero de 2025, es parte del Decreto Ejecutivo No. 468 emitido por el presidente Daniel Noboa en diciembre pasado y busca facilitar la aplicación de beneficios tributarios para sectores estratégicos.
Los importadores del sector farmacéutico y otras industrias productivas podrán acogerse a la reducción del ISD, siempre que las partidas arancelarias que importen estén contempladas en el listado oficial del Ministerio de Economía y Finanzas. Este listado fue detallado en el Acuerdo Ministerial No. 047, y su implementación es parte de la estrategia gubernamental para incentivar la competitividad y el crecimiento económico.
Para acceder a esta exoneración, los contribuyentes deberán presentar una declaración en línea a través del portal del SRI, utilizando sus datos personales. Posteriormente, deberán presentar una impresión legible del formulario ante la entidad financiera encargada de realizar la transferencia de valores al exterior. Con esta medida, el SRI busca optimizar el proceso y asegurar que los beneficios tributarios lleguen a los sectores correspondientes de manera eficiente.
Las modificaciones en las tarifas del ISD fueron establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas en diciembre pasado. Desde enero de 2025, un total de 165 subpartidas, entre ellas las vinculadas al sector farmacéutico, están exentas del ISD con una tarifa del 0%. Mientras tanto, otras 2.769 subpartidas productivas están sujetas a una tarifa reducida del 2,5%.
Además, debido a condiciones energéticas específicas, el Gobierno ha dispuesto una exoneración temporal del 0% de ISD durante los meses de enero, febrero y marzo de 2025 para un listado particular de productos.
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