Los sectores empresarial y de trabajadores, congratulados con la decisión adoptada por el IESS
Reglamento aclara afiliación voluntaria
El Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), presidido aún por Fernando Cordero, mediante la resolución 467 emitió ayer, en Quito, el Reglamento de Afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de las Personas sin relación de Dependencia o Independientes y Ecuatorianos Domiciliados en el Exterior, en el cual aclara que la afiliación es voluntaria, tal como lo señalaba la resolución 464 que fuera derogada.
En el artículo 1 se sostiene que: “Se podrán afiliar voluntariamente, desde el día en que realicen la correspondiente solicitud, las personas que tengan ingresos sin relación de dependencia o independientes, domiciliadas en el Ecuador, presentando su aviso de entrada a través del portal web oficial del IESS”, tal como lo establecía la Resolución 464 del 29 de enero pasado.
También se ratificó que para la aportación al IESS, el valor mensual a pagar por el afiliado sin relación de dependencia o independiente será el equivalente al 20,5% de su remuneración que, en ningún caso, podrá ser inferior al salario básico unificado (SBU), que actualmente es de $ 340.
La aportación podrá ser ajustada por el afiliado, en cualquier momento, incrementando su valor o disminuyéndolo hasta el mínimo señalado.
Igualmente, se podrán afiliar voluntariamente los ecuatorianos domiciliados en el exterior, mayores de 18 años, desde el día en que realicen la solicitud a través de la página web del instituto. En este caso, la aportación será la misma que realice quien no tenga relación de dependencia.
La normativa, que entrará en vigencia el 1 de mayo, también garantiza el derecho a las prestaciones de salud de los hijos de los afiliados de hasta 18 años. Tampoco se aplicará el denominado tiempo de espera, por el cual antes los afiliados debían cumplir un mínimo de aportaciones para acceder a estos beneficios, para quienes pasen de un régimen de afiliación a otro.
Para las personas que mantienen contratos de trabajo ocasionales o tiempo parcial se aplicará el proporcional del SBU.
La resolución emitida el jueves mantiene que la cobertura de repatriación de cadáveres entrará en vigencia el 1 de junio del presente año, tal como lo establecía la 464.
El vicepresidente de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexport), José Antonio Campusano, considera que la decisión adoptada por el Directorio del IESS es la más acertada, ya que como profesional veía con preocupación que la afiliación a la seguridad social tuviera que ser obligatoria.
Campusano mencionó que con esta decisión se elimina la confusión que se originó con la puesta en vigencia de la 464.
Para el dirigente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador (UGTE), Nelson Erazo, la decisión del Directorio acoge de manera parcial la posición de los agremiados en el Frente Unitario de los Trabajadores (FUT). Según él, era importante que a más de derogar la resolución 464, se convoque a los sectores involucrados para discutir y elaborar la nueva reglamentación, la cual debería estar sujeta a lo que establece la normativa constitucional vigente.
El FUT mantendrá reuniones para analizar este tema, así como los planteamientos que harán sobre la nueva Ley de Seguridad Social.
El titular del IESS informó que desde el 1 de enero hasta el 11 de marzo de este año se han afiliado voluntariamente 38.000 no dependientes y con la resolución, “se espera que se logren entre 170.000 y 180.000 nuevos afiliados entre voluntarios y sin relación de dependencia”.
En la actualidad, alrededor de 8 millones de personas, incluyendo hijos y cónyuges de los afiliados, se benefician de la institución.