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Operadoras móviles deben transparentar las tarifas

Operadoras móviles deben transparentar las tarifas
17 de julio de 2012 - 00:00

Hasta el miércoles está previsto que en el Registro Oficial se publique el Reglamento TEL-477-16-CONATEL-2012, que fue aprobado el pasado 11 de julio por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).

El reglamento, según el Ministerio de Telecomunicaciones (Mintel), fue diseñado en respuesta a las múltiples quejas recibidas en la cartera de Estado y en la Defensoría del Pueblo por parte de los clientes.

Dichas quejas tenían relación con cambios de tarifas por llamadas realizadas, planes, entre otros. Jaime Guerrero, titular del Mintel, mencionó que se pretende “realizar correctivos” a los inconvenientes que registran los usuarios de las distintas operadoras.

De ahí que se plantea comunicar con antelación a través de mensajes de texto o llamadas, respecto al cambio de tarifas y del saldo con el que cuenta. Un código de alerta será un “pitido” o tono audible, en el momento de realizar la llamada. Serán acciones que permitirán a los clientes de los servicios móviles conocer, específicamente, cuál fue el valor debitado por la llamada, cuánto duró la llamada y cuál es el saldo remanente, informó Guerrero.

Otro aspecto importante es la “neutralidad de la red”, mencionó el titular del Mintel, que tiene relación con el derecho a la libertad de elección y contratación, derecho de acceso a la información y a las tecnologías de la información y comunicación sin restricciones; derechos de transferencia de la información, derecho a pagos justos por servicios contratados, derechos a servicios de calidad, entre otros.

Prevalencia de los derechos de los abonados/clientes-usuarios, para que en caso de duda en la interpretación de alguna normativa o cláusula del contrato de prestación de servicios entre las partes se aplique a favor de los abonados.

Derechos de los clientes a contratar servicios sin sujeción a condiciones especiales o renovación automática y que los servicios que activan cuenten con el consentimiento expreso de los mismos.

Libertad para que los abonados puedan escoger cualquier equipo en el que desea recibir los servicios, de los disponibles por el operador, independientemente, de la modalidad de contratación o plan tarifario al que aplique.

Además se incluyen disposiciones relativas a la protección de niñas, niños y adolescentes frente a contenidos, servicios y aplicaciones específicos para público adulto; aplicación de tarifas de especiales de ley. Se impondrán mecanismos de atención a personas con capacidades especiales, aspectos del uso, difusión y aplicación de promociones en la prestación del servicio móvil avanzado.

El ministro Guerrero enfatizó que de no cumplirse esta disposición “las operadoras estarán sujetas a multas económicas y sanciones”.

Por su parte Alexandra Banchón, adjunta segunda del Defensor del Pueblo, dijo que el ente público tiene 24 oficinas ubicadas en las capitales de provincias  para atender las quejas de los clientes o abonados.

Banchón recalcó que a diario en las provincias del Guayas y Pichincha reciben alrededor de “25 quejas por el servicio que brindan las operadoras”. Todas se tratan de resolver a la brevedad posible, favoreciendo siempre al abonado.

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