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Ecuador, 22 de Diciembre de 2024
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Ley de Apoyo Humanitario irá al Registro Oficial

En el debate, los legisladores indicaron  que uno de los objetivos de la norma siempre fue defender el empleo y proteger a la clase trabajadora.
En el debate, los legisladores indicaron que uno de los objetivos de la norma siempre fue defender el empleo y proteger a la clase trabajadora.
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El Pleno de la Asamblea Nacional resolvió la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del Covid-19y determinó que la terminación de los contratos por fuerza mayor deberá ser por el cese total de la actividad económica del empleador.

La sesión del pleno inició a las 18:00 del jueves 18 de junio y terminó a las 00:30 del viernes 19. La votación se hizo en dos bloques; de las 32 observaciones enviadas por el presidente de la República, Lenín Moreno, los legisladores, con 69 votos, se allanaron en 22, y con 116 votos se ratificaron en 10.

El ponente del proyecto y presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Esteban Albornoz, explicó los argumentos que los legisladores de la mesa hicieron de cada uno de los artículos y disposiciones para el allanamiento y ratificación.

El asambleísta se solidarizó con quienes, debido a la pandemia, perdieron a familiares y empleos. Al mismo tiempo, hizo un llamado para que prevalezca la unidad y que cada una de las entidades del Estado cumplan su rol para solventar la crisis económica y financiera que ahora atraviesa el país.

Resaltó que la normativa busca proteger la vida y la salud de las personas, salvar y cuidar empleos y reactivar la producción, pues solo así se puede evitar la conmoción social.

Allanamientos

Los legisladores se allanaron al artículo 3, reducción del 25 % de las pensiones educativas; artículo 10, créditos productivos para la reactivación económica y protección del empleo en el sector privado; artículo 16, de los acuerdos de preservación de fuentes de trabajo; artículo 17, de la sanción al incumplimiento del acuerdo entre las partes; artículo 19, contrato especial emergente; artículo 20, de la reducción emergente de la jornada de trabajo; artículo 27, del acuerdo preconcursal; artículo 29, contenido; artículo 30, procedimiento excepcional del concurso preventivo; artículo 33, procedimiento excepcional de rehabilitación y artículo 34, de la prelación de créditos.

En cuanto a las disposiciones, se allanaron a las relacionadas con: pensiones vitalicias; apertura de nuevos emprendimientos; emitir normativa por la Junta de Política Monetaria y Financiera; implementación de mecanismos tecnológicos para prestar servicios; gastos por concepto de turismo como gastos personales; límite de endeudamiento para Gobiernos Autonomos Descentralizados (GAD); emisión de resolución por el Directorio de Biess; procesos de terminación unilateral de contratos; prohibición iniciar procesos coactivos cuando existan pagos pendientes; vuelos a Galápagos; y la suspensión de procesos coactivos.

Ratificaciones

Los parlamentarios se ratificaron en el artículo 5, no incremento de costos en servicios básicos por un año; artículo 9, facilidades de pago a la Seguridad Social; artículo 13; prohibición de terminación de pólizas de salud; artículo 15, fijación de precios al consumo popular; artículo 18, condiciones mínimas para la validez de los acuerdos, artículo 26, de los procedimientos excepcionales; artículo 28, del procedimiento; Disposición Reformatoria Primera y Disposición Reformatoria Segunda, ambas relativas al teletrabajo y la Disposición Interpretativa Única (despidos caso fortuito y fuerza mayor).

Desarrollo del debate

Durante el debate generado en el pleno hubo asambleístas que hicieron un llamado a sus colegas para que se despojen de sus líneas partidistas y apoyen el proyecto que prohíbe la suspensión de pólizas de seguros, fija precios a los productos de consumo popular, permite un acuerdo entre las partes para salvar empleos y evitar el incremento de los costos de los servicios básicos.

Destacaron que la Ley Humanitaria ayuda a los más necesitados y alivia a los ciudadanos para que puedan reprogramar pagos de préstamos y tarjetas de crédito, además, permite la reducción de pensiones educativas y la tarifa de energía eléctrica, plantea acuerdos de pago entre arrendadores y arrendatarios, entre otros aspectos.

Así mismo, indicaron que uno de los objetivos de la norma siempre fue defender el empleo y proteger a la clase trabajadora, en tal sentido, mencionaron la importancia de ratificarse en la Disposición Interpretativa Única, al numeral 6 del artículo 169 del Código del Trabajo, donde se establece que el caso fortuito o fuerza mayor estará ligado al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador.

Si bien mencionaron que la Ley pudo ser mejor y contener aspectos que entreguen mayores beneficios a los sectores vulnerables, reconocieron que la normativa contempla incentivos y la entrega de créditos para los sectores productivos, lo que permitirá crear nuevos emprendimientos y reactivar la economía del país.

Sin embargo, hubo quienes mencionaron que si bien el proyecto tienen aspectos positivos en lo social, hay artículos que se van en contra de las reglas del mercado, la vulneración de los derechos de los trabajadores y la precarización laboral.

Señalaron que para reactivar la economía es necesario crear fuentes de trabajo, pero a pesar de ello se han desvinculado a miles de empleados sin liquidaciones justas. Expresaron que el acuerdo entre las partes beneficiará a los empleadores y dejará en indefensión a los más vulnerables, o aceptan la reducción del salario, o se quedan sin un sustento diario, agregaron. 

Una vez resuelto el veto del Ejecutivo, en los próximos días, la ley se publicará en el Registro Oficial. (I)

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