Labor productiva de amas de casa es reconocida en nuevo código
“Trabajador es el que recibe un salario, o sea, ¿la madre de familia que trabaja 16 horas en casa de lunes a domingo no es trabajadora? Claro que es trabajadora. Dentro de categorías laborales mundiales, a las amas de casa las colocan como Población Económicamente Inactiva (PEI) porque el criterio básico es si esa persona se dedica o no al intercambio en el mercado”.
Así se expresó el presidente de la República, Rafael Correa, tras anunciar que dentro del nuevo Código Laboral se reconocerá el trabajo no remunerado del hogar, es decir, el pago de salarios y otros beneficios para las amas de casa, algo que en la normativa actual no existe.
Para Geoconda Salcedo, abogada civil, esta propuesta es muy válida “si se considera que las actividades que el proyecto pretende reconocer como trabajo, son labores que, aunque no estén reconocidas como trabajos sin relación de dependencia, existen y se ejecutan diariamente”.
Por su parte, Yolanda Sánchez, ama de casa, considera que la propuesta del Ejecutivo valora el trabajo y el esfuerzo de este sector. “Las labores domésticas siempre fueron desvalorizadas por la sociedad y cultura de nuestro país. Es gratificante saber que mi trabajo en casa puede tener recompensas y más aún si son remuneradas”.
Sin embargo, Salcedo precisó que a pesar de ser viable el planteamiento, sería importante conocer cuáles serán los principios que regulen dichas actividades. “El actual Código reconoce como relación laboral la que se genera entre el empleador y el trabajador, y en función de dicha relación se determinan los diversos derechos y obligaciones de las partes. Bajo este esquema debería conocerse quién asumirá las responsabilidades del empleador”, puntualizó.
Esta inquietud también es compartida por el gremio de los trabajadores. Nelson Erazo, presidente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador (UGTE), resaltó que al gremio le preocupa saber quién va a pagar ese salario y de dónde va a salir. “Esto incluso puede caer en morosidad del cónyuge por no pagar la afiliación de su esposa al seguro social”, señaló.
El artículo 34 de la nueva Constitución del Estado establece que “El Estado garantizará el derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares”, entre otros aspectos.
Verónica Jiménez, otra trabajadora del hogar, cree que la afiliación al seguro social de este sector debería ser un derecho básico. “Aunque el trabajo no sea remunerado, la salud es un derecho que ha sido relegado para las mujeres. Este es un beneficio no solo para la madre, sino para el trabajador y sus hijos”, indicó Jiménez.
Ella anhela que la remuneración que se pague a las amas de casa se defina por la cantidad de hijos que tengan.
Mensualización de décimos
Tras la posición de varios dirigentes sindicalistas respecto al pago mensual de los decimotercero y decimocuarto salarios, el Jefe de Estado aclaró que este procedimiento sería obligatorio solo para el sector público y opcional para el privado.
El Ejecutivo enfatizó que si los dirigentes sindicalistas prefieren entregar estos beneficios al trabajador de manera acumulada no habrá ningún problema, debido a que la decisión es voluntaria.