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Ecuador, 24 de Febrero de 2025
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IVA al 8% durante el feriado de Carnaval

IVA al 8% durante el feriado de Carnaval
IVA al 8% durante el feriado de Carnaval
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Mediante el Decreto Ejecutivo 542, el Gobierno decretó la disminución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de 15% a 8% para el sector turístico.

Esta decisión se dio a puertas del feriado de Carnaval que se llevará a cabo desde el sábado 1 al martes 4 de marzo de 2025.

¿En qué consiste la medida?

Los establecimientos que brinden servicios relacionados con actividades turísticas (Alojamiento, alimentos, bebidas, transporte turístico, agencias de viajes, eventos) deberán cobrar 8% de IVA en las facturas que emitan según lo dispone el artículo 56 de la Ley de Turismo.

Acorde la ley, el feriado de Carnaval tiene días de descanso obligatorio, quienes laboren esos días no deberán recuperar y deberán recibir una compensación adicional.

¿Cuántos feriados le quedan al Ecuador en 2025?

De acuerdo con el calendario elaborado por el Ministerio de Turismo, Ecuador cuenta con 10 feriados nacionales en este año, equivalentes a 13 días de descanso.

Posterior al feriado de Carnaval que se celebra el lunes 3 martes 4 de marzo, vendrán: Viernes Santo, Día del Trabajo, Batalla del Pichincha, Primer Grito de Independencia, Independencia de Guayaquil, Día de los Difuntos, Independencia de Cuenca y Navidad.

Según lo establece la ley, los feriados que caigan en sábado o domingo, se trasladarán al viernes o lunes, de ser el caso.

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