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Ecuador, 25 de Diciembre de 2024
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El IESS se queda sin el aporte de 32 mil afiliados

El IESS se queda sin el aporte de 32 mil afiliados
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El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), a través del presidente del Consejo Directivo, Jorge Wated, presentó este jueves 6 de agosto, el reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario en el IESS, según resolución Nº 604.

Esta resolución trae consigo cambios en las áreas de salud, afiliación y cobertura; seguro social campesino, seguro de desempleo, recaudación de gestión de cartera y procedimientos coactivos.

La aprobación de este reglamento redunda en beneficio de los afiliados, manifiestó, además de que su implementación es inmediata porque se puede realizar por vía electrónica.

"El seguro tiene fondos, está financiado, a pesar de que hay 2.000 afiliados menos, 32.000 menos en total, pero ahora no se les dará de baja en 30 días sino en 120", manifestó el director del IESS.

También dijo que se está buscando la posibilidad de que los fondos de reserva sirvan para cruzar deuda y dar créditos para que las personas no caigan en mora.

Asimismo, aseveró que las negociaciones con el Ministerio de Finanzas para el pago de la deuda que tiene el Estado con el IESS avanzan y que al momento el Ministerio de Finanzas reconoce el 40% de lo que le adeuda al Estado, pero que continúan en conversaciones.

"Hay una orden para pagar esta deuda pero no puedo aspirar a que se lo haga tomando en cuenta la contingencia que se vive por efectos de la pandemia", aseveró.

$ 400 millones menos

Sostuvo además que el IESS ha recibido por parte del Ministerio de Finanzas todos los aportes de los empleados. "El IESS ha dejado de percibir 400 millones en función de lo que los afiliados aportaban, pero además la banca y el sector privado tienen deudas con el IESS".

También se refirió a los bonos y a las inversiones que realiza el IESS para explicar que el Biess recibe cientos de millones de dólares y tiene que analizar cómo los coloca para generar rentabilidad.

Explicó que el propósito del nuevo reglamento es reactivar al afiliado voluntario porque con la anterior normativa con dos meses que se atrasara quedaba desafiliado, por eso se le ha extendido el plazo para que se ponga al día.

Habló además de los cambios estructurales que necesita realizar el IESS a los que calificó como vitales, aunque no sean populares para fortalecer el servicio, de ahí que hablara del estudio del pago de la prima por parte de los afiliados para que puedan cobrar el decimotercero y el decimocuarto cuando se jubilen, porque el monto recaudado sería un alivio para el fondo de pensiones.

"Son 3'314.000 aportantes los que tiene el IESS y atiende a 8'000.000 entre jubilados e hijos de afiliados, por ello toda prestación debe estar equilibrada para que haya liquidez. Hay que ser solidario, sin afectar los derechos de la ciudadanía".

En el ítem de la salud la nueva normativa dispone la extensión de cobertura, de tal forma que extiende 60 días adicionales a los 60 previstos la atención para aquellas personas que no estén al día en el pago de sus aportaciones.

En afiliación y cobertura permite a los afiliados voluntarios el aviso de salida a partir del día 120 de encontrarse en mora el pago de sus aportes o desde la suscripción del convenio de pago.

En cuanto al reingreso de afiliados voluntarios que no pudieron cancelar sus aportes correspondientes a marzo, abril, mayo y junio, por lo cual se hubiere generado un aviso de salida, podrán regresar y mantener la continuidad de los beneficios de la afiliación.

En relación a la afiliación por contrato especial emergente, si el empleador suscribiera un contrato especial deberá afiliar al trabajador bajo esta modalidad, desde el primer día de sus labores, mediante el aviso del registro de entrada, tomando en cuenta los valores de remuneración pactados en el contrato.

También se habilita la reducción de la jornada de trabajo, una vez que el empleador notifique al Ministerio de Trabajo el periodo de aplicación de la jornada reducida, pagando sueldos y salarios en proporción de días trabajados, pero el pago no podrá ser menor del 55% del sueldo inicial.

En cuanto al seguro de desempleo, los afiliados en relación de dependencia que quedaran desempleados podrán acceder a la prestación. (I)

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