Gobierno expide decreto que permite devolución de impuestos a exportadores
El Gobierno publicó el Decreto Ejecutivo 607 que reforma el Reglamento al Título de Facilitación Aduanera para el Comercio Exterior, mediante el cual viabiliza la devolución condicionada de tributos a favor de los exportadores de acuerdo a las condiciones y parámetros que fije el Comité de Comercio Exterior (Comex).
El Decreto otorga un plazo de 30 días al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) y al Banco Central para desarrollar los aplicativos informáticos necesarios para operativizar el incentivo.
Según el Gobierno, un total de $ 253 millones se destinará a la devolución de impuestos a los exportadores afectados por la crisis. De esa cantidad, $ 156 millones serán para la devolución de impuestos a exportadores de productos no tradicionales y $ 97 millones a los tradicionales. En ambos casos se calculará el 5% del valor total de la exportación para la devolución.
En el caso de las flores se devolverá el 5%, en el atún 3%, en el banano que se envía a la Unión Europea 2%, en el que tiene como destino Rusia 3% y en el exportado a China 4%.
El drawback es un mecanismo mediante el cual los exportadores pueden obtener la devolución de los impuestos de importación pagados sobre insumos o materias primas que formen parte del bien por exportar, dentro de plazos establecidos.
Lea el Decreto aquí.