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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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Gobierno expide decreto que permite devolución de impuestos a exportadores

El Gobierno publicó el Decreto Ejecutivo 607 que reforma el Reglamento al Título de Facilitación Aduanera para el Comercio Exterior, mediante el cual viabiliza la devolución condicionada de tributos a favor de los exportadores de acuerdo a las condiciones y parámetros que fije el Comité de Comercio Exterior (Comex).

El Decreto otorga un plazo de 30 días al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) y al Banco Central para desarrollar los aplicativos informáticos necesarios para operativizar el incentivo.

Según el Gobierno, un total de $ 253 millones se destinará a la devolución de impuestos a los exportadores afectados por la crisis. De esa cantidad, $ 156 millones serán para la devolución de impuestos a exportadores de productos no tradicionales y $ 97 millones a los tradicionales. En ambos casos se calculará el 5% del valor total de la exportación para la devolución.

En el caso de las flores se devolverá el 5%, en el atún 3%, en el banano que se envía a la Unión Europea 2%, en el que tiene como destino Rusia 3% y en el exportado a China 4%.

El drawback es un mecanismo mediante el cual los exportadores pueden obtener la devolución de los impuestos de importación pagados sobre insumos o materias primas que formen parte del bien por exportar, dentro de plazos establecidos.

Lea el Decreto aquí.

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