A propósito del impuesto del 2 por 1.000
Empresarios interpusieron una demanda ante la Corte
A través de los representantes, las cámaras de Comercio, Industrias y Construcción de Guayaquil interpusieron, ante la Corte Constitucional, una acción de inconstitucionalidad relacionada con el impuesto del 2 por 1.000 al capital en giro.
Establecido en la Ley Nº 70-06 promulgada en 1970, aquel tributo grava a las compañías domiciliadas en Guayaquil que se dedican a actividades comerciales, bancarias e industriales. Su objetivo inicial era recaudar recursos para la construcción, equipamiento y mantenimiento del Hospital Universitario.
En la demanda interpuesta, se plantea que la Ley 70-06 y sus reformas fueron expresamente derogadas por el Código Orgánico, Monetario y Financiero emitido en septiembre de 2014. También se argumenta que el impuesto no puede ser revivido por la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera, publicada en diciembre de 2015. En razón de lo anterior, las cámaras guayaquileñas solicitan la suspensión de esta norma y el cobro del impuesto como señala la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional cuando hay casos de afectación al derecho a la propiedad.
“Este es un impuesto zombie porque, aunque está derogado, lo quieren revivir. Es un muerto viviente al que venimos a meterle un hachazo”, dijo Pablo Arosemena, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil.
Los empresarios argumentaron que el impuesto resta competitividad al sector productivo, afecta la cadena de valor, encarece los productos y tiene efectos en el empleo.
Según Francisco Alarcón, presidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil, por el impuesto del 2 por 1.000 se logra recaudar $ 10 millones al año.
De acuerdo a Emilio Gallardo, especialista en Derecho Constitucional, el proceso debería durar unos 3 meses. El primer paso será que la demanda pase a la Sala de Admisión conformada por tres jueces y, posteriormente, al pleno de la Corte Constitucional. (I)