El CCPT estima un sacrificio fiscal de más de $ 4.000 millones entre 2018 y 2022
El Consejo Consultivo analiza reformulación de anticipo del Impuesto a la Renta y el ISD
A menos de 15 días para que el Consejo Consultivo Productivo y Tributario (CCPT) entregue al presidente Lenín Moreno el documento final con las propuestas consolidadas -el 26 de septiembre-, en el ámbito tributario dos temas han sido recurrentes en los 26 meses de diálogo: el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y el anticipo del Impuesto a la Renta (IR).
No es reciente la posición del sector empresarial para que los 2 impuestos sean suprimidos totalmente, argumentando pérdida de competitividad y problemas de liquidez.
Pero en las mesas de diálogo aparecieron planteamientos donde se consideran reformas a las fórmulas de cálculo, ámbito de aplicación, incluso una eliminación paulatina. Esto con el fin de que el impacto fiscal sea mínimo y pausado.
En cuanto al anticipo los gremios productivos sugirieron eliminar el impuesto mínimo; modificar el porcentaje de activos y patrimonio o eliminarlos; y regresar a la fórmula vigente hasta 2007.
Lo último hace referencia al mecanismo existente antes de la Ley de Equidad Tributaria (2007), por el cual se calculaba el 50% del impuesto que generó la empresa, es decir el Impuesto a la Renta causado menos las retenciones. El valor se pagaba en 2 cuotas: 50% en julio y 50% en septiembre.
Si no se tenía un impuesto a la renta causado, porque no se generaron utilidades, el monto a pagar por el anticipo era cero. Esto aún rige para las personas que no están obligadas a llevar contabilidad.
La fórmula actual, aplicada a sociedades, considera los activos, costo, gastos e ingresos, y también el patrimonio. “Si usted tenía una pérdida igual tenía que pagar un impuesto mínimo. Si tenía ganancia también debía que pagar un impuesto mínimo”, explicó Juan Miguel Avilés, director de la Zona 8 del Servicio de Rentas Internas (SRI).
En entrevista con EL TELÉGRAFO, Avilés recordó que el anticipo fue creado como una medida para prevenir la evasión tributaria por parte de las empresas que declaraban pérdidas.
Reconoció que cuando la economía nacional se contrajo las compañías “sintieron los efectos de tener que pagar un anticipo sobre un impuesto que no generaban”.
El funcionario prefirió no adelantar cuál sería el impacto económico si ocurre un cambio de fórmula. Lo que puntualizó fue que de acuerdo a la legislación tributaria, cualquier modificación que implique un sacrificio fiscal debe ser compensada con otra medida equivalente, lo cual se conocerá una vez que el presidente Moreno examine y apruebe las propuestas.
En 2016 el SRI recaudó $ 335 millones por concepto del anticipo. Según cálculos del Consejo, el sacrificio fiscal estimado entre 2018 y 2022 alcanzaría los $ 840 millones. (Ver infografía)
Con el ISD la situación es similar. Mientras los empresarios mantienen la posición de eliminarlo inmediatamente, al interior del Consejo se baraja la posibilidad de realizar una reducción gradual de 1% anual (hasta quedar suprimido en 5 años) o retirarlo en bienes de capital, insumos, materias primas y ciertos servicios que no son producidos en el país. Advierten, además, que el impuesto desalienta a la inversión extranjera.
Al respecto, Avilés indicó que el tributo también fue creado por un tema de control ante la salida de divisas que podría perjudicar el equilibrio de la balanza de pagos y, con ello, la dolarización, mas no con fines recaudatorios.
En 2016 la Administración Tributaria captó $ 909 millones por esta vía. La estimación del Consejo Productivo es un impacto a las arcas fiscales de $ 3.329 millones entre 2018 y 2022.
En un inicio, recordó Avilés, el ISD estaba excluido de algunas formas de salida de capitales, como las importaciones de maquinaria e insumos para la producción.
Ayer, en una entrevista a Ecuador TV, Eva García, ministra de Industrias y presidenta del Consejo Consultivo, indicó que el 26 de septiembre se entregará al Presidente el resultado sistematizado de los diálogos.
Incluirá borradores de propuestas para acuerdos, decretos y otros mecanismos, a efectos de que cuando el Mandatario tome una decisión e inmediatamente se dé paso a la instrumentación que viabilice la aplicación de esas medidas.
Independientemente de lo que Moreno resuelva implementar, ya sea cambio de tarifas o fórmulas, si se quiere que las medidas entren en vigencia lo más pronto posible es necesario hacer una reforma tributaria, a través de la Asamblea Nacional, antes del 31 de diciembre de este año, anotó el funcionario.
La razón obedece a que toda modificación en el Impuesto a la Renta tiene incidencia desde el año posterior de publicada la ley en el Registro Oficial.
En materia de legislación tributaria solamente el Presidente de la República tiene la facultad de enviar proyectos de ley. (I)