Distribuidores tabacaleros no pagarán al IR anticipo de 2012
Según un decreto presidencial publicado el 10 de agosto, el Gobierno exoneró del pago del anticipo al Impuesto a la Renta (IR), del ejercicio fiscal 2012, al sector distribuidor de cigarrillos y productos de tabacos debido a un problema de cálculo del tributo.
Voceros del Servicio de Rentas Internas (SRI) explicaron que la decisión estuvo basada en un pedido que hicieron los distribuidores de cigarrillos al Ministerio de Industrias, por las afectaciones económicas que esto les ocasionaba.
Esta solicitud está amparada en el artículo 41 del Régimen Tributario Interno, que contempla una exoneración total o parcial del impuesto.
El error de cálculo surgía al transferir el total de activos de la empresa al comisionista, quien para el efecto aparecía como el dueño del inventario de la mercadería, lo que reflejaba pagos de hasta $ 20 mil por IR “y que ellos no podían cubrir”, se explicó.
Según se detalló, en la última reforma del marco legal tributario en 2014 se generó una nueva forma de cálculo para los comisionistas, de modo que este subsector ya no tendrá que acudir al mismo recurso en lo subsiguiente.
En situación similar se encuentran los comisionistas de telefonía móvil que no son dueños de los activos, sino encargados de la distribución, es decir no dependen de la empresa. “Esto ya se contempló en la reforma para estos distribuidores”, se explicó.
Igual exoneración se les otorgó en 2013 y 2014. El actual beneficio tiene el fin de que los distribuidores entren en proceso de regularización. Los productores e importadores no acceden a esta exoneración.
En Ecuador, el grueso de la producción y distribución de cigarrillos lo tiene Tanasa, empresa que agrupa a Proesa e Ibtisa, afiliadas a su vez a Philip Morris, la mayor tabacalera del mundo con sede en Estados Unidos.
El consumo de tabaco está gravado actualmente con el Impuesto a los Consumos Especiales, tributo que también está dirigido para las bebidas alcohólicas. (I)