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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Los artistas plásticos no sienten protección legal

Es común encontrar en vestíbulos de hoteles, en salas de espera, en restaurantes, locales comerciales y en varias salas comunes, imágenes emblemáticas de obras de Eduardo Kingman, Oswaldo Guayasamín, Gonzalo Endara, entre otros artistas plásticos ecuatorianos, adornando las paredes del lugar. También figuran imágenes axtraídas de cuadros originales en objetos de artesanía, camisetas y demás artículos producidos en serie por grandes industrias que los comercializan, sobre todo en el sector turístico.

Las obras originales de estos pintores alcanzan precios que superan los 20.000 dólares, en promedio. Sin embargo, estas reproducciones por lo general son falsificaciones, copias o pinturas que reproducen motivos originales mediante el uso de las mismas técnicas que utilizaron los maestros y que se venden a precios muchísimo menores en galerías, parques y bajo pedido, en muchos de los casos violando los derechos de autor. La Ley de Propiedad Intelectual establece los mecanismos mediante los cuales los titulares de los derechos pueden iniciar acciones contra los falsificadores.

En su Artículo 8, literal f, cita como protegidas: “Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos, comics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas”. En el Artículo 288 señala que  “La violación de cualquiera de los derechos sobre la propiedad intelectual establecidos en esta Ley, dará lugar al ejercicio de acciones civiles y administrativas, sin perjuicio de las acciones penales a que hubiere lugar, si el hecho estuviese tipificado como delito”.

El presidente del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI), Andrés Ycaza, asegura que en el Ecuador hay una tradición de la falta de apoyo por parte del Estado que la actual administración de la entidad que dirige quiere revertir, de manera que los creadores conozcan sus derechos y las posibilidades que ofrece la Ley para defenderlos. 

21-08-11-cultura-cuadros2Según Ycaza, cuando existe violación de derechos de autor, el titular de esos derechos puede ejercer acciones a través de tutelas administrativas en las dependencias del IEPI, así como acciones civiles y penales posteriores y de esta manera detener el delito. Pero, aclara, que “las técnicas no son susceptibles de protección en materia de derecho de autor. Es la materialización de la idea lo que protege la propiedad intelectual, no la idea en sí misma”, lo que quiere decir que un pintor puede usar la misma técnica que usó otro pintor más reconocido y cuya obra se cotiza a mayor valor, y puede hacer cuadros que reflejan los motivos pero no son exactas réplicas. “El problema surge cuando existen cuadros exactamente copiados por otro autor”, dice.

Para Soledad Kingman, hija del maestro Eduardo Kingman y dueña, junto con su hermano Juan Sebastián, de los derechos de la obra de su padre, “no hay una ley que prohíba hacer copias, y si existe esa ley, no hay una instancia que permita que se incaute las obras falsificadas o las semicopias”. Kingman cree que esa larga tradición de falta de respaldo y control por parte del Estado ha devenido en una suerte de desidia por parte de los artistas y de los titulares de los derechos de obras plásticas, hasta llegar al punto de que muchos están resignados. “Hace tiempo que ya no he hecho nada, pues tendría que ir con acciones legales por todo el país”, dice.

De su lado Shirma Guayasamín, directora de la Sociedad Ecuatoriana de Gestión de Artistas Plásticos y Visuales Artegestión, dice que “existe una total indefensión en materia de derecho de autor”, porque luego de presentar una tutela administrativa en el organismo público el proceso tarda entre dos y cuatro años en resolverse, de acuerdo con su experiencia personal. “Yo he tenido  cuatro tutelas en el IEPI -dice- y cuando las resuelven a favor nuestro te toca ir a un juzgado para que ahí se vuelva a hacer un proceso para después cobrar algo”.

El IEPI registra en total 274 tutelas administrativas por tipo de obra vulnerada, que se encuentran actualmente en trámite. De ellas, tan solo 14 corresponden a acciones interpuestas en materia de obras artísticas, pero solo una se refiere a obra plástica y corresponde a Artegestión “por la comunicación pública y reproducción de la obra de Joan Miró”, en el período 2003 y 2011. La mayoría de tutelas se centra en el campo de derechos sobre software y comunicación pública.

Kingman, como prueba del síntoma, dice que lo máximo que logra hacer con las obras de su padre, falsificadas, que llegan a su fundación es identificarlas como tales, “eso si es que el dueño lo permite, porque si no quiere, me puede llevar a juicio”. Guayasamín, en cambio, dice no haberse replegado a pesar de las adversidades que, asegura, presenta el sistema de control, y cuenta que tras ganar una tutela administrativa en contra del Ministerio de Cultura, hace algunos meses,  en nombre de Artegestión, se determinó que dicha entidad estatal debía pagar el monto máximo que permite la Ley (1.800 dólares), y la misma suma le fue impuesta a quien se encargó de la impresión del material en el cual se hizo uso de imágenes violando derechos. Un total de 3.600 dólares que “nunca les cobraron y lo único que me puede decir el IEPI es que vaya al juzgado para abrir un juicio civil, y entonces  no puedes recuperar ni siquiera lo que gastas en pagar al abogado”, señala.

Artegestión reúne a alrededor de 60 artistas plásticos y visuales y cuenta con un tarifario aprobado previamente por el IEPI, que determina cuáles son los costos por cada artículo o formato que es reproducido ilegalmente, y a través de esta referencia se desarrollan los procesos legales correspondientes cuando se registra una ilegalidad.

Ycaza reconoce que el trabajo del IEPI en este sentido tiene muy poco tiempo de haberse iniciado y comprende la falta de motivación en los artistas. Ante esto resalta el reciente lanzamiento de la campaña Ecuador Crea, que ideó el IEPI y que consiste en que los creadores artísticos graben sus propios videos a través del sitio YouTube y los cuelguen en la web www.ecuadorcrea.com para difundir sus testimonios. “El titular del derecho, cuando pudiera tener regalías y ganancias, no las tiene, le están quitando un espacio al creador de una obra”, sentencia Ycaza, y pide a los artistas “presentar las acciones necesarias para poder precautelar sus derechos”.

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