¿Quiénes tendrán que devolver el 50% del Fondo de Promoción Electoral?
En las elecciones para Presidente y Vicepresidente realizadas el domingo 9 de febrero, 13 de 16 candidatos no obtienen hasta el momento más del 4% de los votos válidos.
Con un 94% de las actas escrutadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), no alcanzaron este porcentaje los postulantes Jimmy Jairala (Centro Democrático), Jorge Escala (Unidad Popular), Andrea González (Partido Sociedad Patriótica), Víctor Araus (Pueblo, Igualdad, Democracia), Henry Kronfle (Partido Social Cristiano), Luis Tillería (Avanza), Carlos Rabascall (Izquierda Democrática), Juan Iván Cueva (Amigo), Pedro Granja (Partido Socialista), Iván Saquicela (Democracia Si), Francesco Tabacchi (CREO), Enrique Gómez (SUMA) y Henry Cucalón (Construye).
Según lo establece el artículo 223.1 de la Ley Orgánica Electoral-Código de la Democracia, los aspirantes que no cumplan con un 4% de los votos válidos tendrán que devolver un 50% del monto asignado por el Fondo de Promoción Electoral del CNE destinado para proselitismo político en medios de comunicación y vallas publicitarias.
La normativa no afectará a ninguno de estos 13 candidatos, debido a que solo aplica cuando se presenten por segunda vez para un mismo cargo y no obtengan el 4% estipulado. No obstante, sí podría afectar a los partidos o movimientos políticos a los que pertenecen, según lo establece el Código de la Democracia.
"Las organizaciones políticas o candidato que haya recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral, deberán reintegrar el cincuenta por ciento (50%) de los valores y montos entregados por el Estado luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos un cuatro por ciento de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista, según corresponda", indica el Código de la Democracia, tras una reforma establecida en 2020.
¿Quiénes sí deberán devolver el 50% del monto entregado por el Fondo de Promoción Electoral?
En este caso existen organizaciones políticas que tendrán que restituir el monto, al no alcanzar el 4% de los votos válidos en dos elecciones generales consecutivas, que contemplaría las realizadas en 2021 y 2025. La de 2023 es considerada como extraordinaria, debido a que el expresidente Guillermo Lasso empleó el mecanismo constitucional de la "muerte cruzada" para disolver la Asamblea Nacional y llamar a un nuevo proceso electoral.
Hasta el momento solo dos movimientos políticos tendrían que reintegrar el Fondo de Promoción Electoral, a falta de confirmación de la autoridad electoral. Se trataría de las organizaciones Amigo y Democracia Si, que no han cumplido con los porcentajes establecidos por la ley durante los comicios (2021 y 2025), para la elección de Presidente y Vicepresidente.
|
Candidato |
Movimiento Político |
Porcentaje Obtenido Votos Válidos |
Elecciones 2021 |
Pedro Freile |
AMIGO |
2,08% |
Gustavo Larrea |
Democracia SI |
0,40% |
|
Elecciones 2025 |
Juan Iván Cueva |
AMIGO |
0,17%* |
Iván Saquicela |
Democracia SI |
0,12%* |
*Con 94% escrutado por el CNE.
El plazo para la devolución es de 90 días, una vez que los resultados electorales estén en firme por el CNE. Si alguna de estas organizaciones o candidatos no entregara los valores en un plazo máximo de 90 días, la institución electoral procederá con el proceso de coactiva para cobrar la deuda.
La ley y los respectivos porcentajes también aplican para las candidaturas a asambleístas nacionales y provinciales; y parlamentarios andinos.
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— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) February 10, 2025
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¿Quiénes tendrán que devolver el 50% del Fondo de Promoción Electoral?
Según lo establecido en el Código de la Democracia, los candidatos que no alcancen más del 4% de los votos válidos durante una segunda elección deberán restituir el 50% del monto entregado por el Fondo de Promoción Electoral del Consejo Nacional Electoral. -
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