Artistas y creadores tendrían sus propias condiciones en el IESS
Las condiciones en que laboran los artistas del país no son regulares ni reguladas: sus sueldos no suelen ser fijos ni participan de regímenes estatales que los beneficie. No hay una normativa para la producción intelectual o creativa que los caracteriza. Esto explica que, por ejemplo, un pintor no acceda a un sueldo permanente ni tenga compensaciones por seguridad social correspondientes al oficio que ejerce. Del otro lado están los músicos de orquestas administradas por gobiernos locales, que ajustan sus actividades a las normas de servidores públicos y llegan a ensayar en ‘horas de oficina’, 8 diarias, como si de cualquier otra actividad se tratara.
El 18 de noviembre de 2015, la seguridad social para artistas y creadores fue un tema que resonó en la Asamblea Nacional. “Los actores sociales que están tras la cultura (escultores, bailarines, actores, dramaturgos o escritores) no trabajan de forma lineal y tienen otros requerimientos”, dijo Guillaume Long, ministro de Cultura y Patrimonio, quien, en relación al régimen laboral de los artistas, señaló que habría que “distinguirlos de los servidores públicos”, por ejemplo, e “instaurar un escalafón” que se ajuste a sus necesidades.
La Ley Orgánica de Culturas —que aprobaría la Asamblea Nacional durante el primer trimestre de este año, según ha anunciado la viceministra del ramo, Ana Rodríguez— contempla los cambios en el Régimen Laboral y Seguridad Social en cultura.
En un documento preliminar sobre el articulado que está para segundo debate en la Asamblea, al que accedió este diario, consta que “El Estado, a través del ente rector encargado del trabajo como organismo competente (el Ministerio de Relaciones Laborales), en coordinación con el Ministerio de Cultura y Patrimonio, establecerá un régimen que norme las relaciones laborales en el sector cultural, entre empleadores y trabajadores, profesionales, investigadores, creadores, artistas, productores y gestores culturales, con el fin de asegurar el reconocimiento de sus derechos, modalidad de contratación, las condiciones de seguridad ocupacional y de reducción de riesgos de trabajo en sus actividades, la regularización de las jornadas laborales por tipo de actividad y, en general, el desempeño de sus profesiones en condiciones legales, sociales y económicas”.
Que los integrantes de la Banda Municipal de Quito, por ejemplo, cumplan una jornada de servidores públicos frente a un instrumento conlleva una dificultad física y psicológica, pues la realidad del tiempo de sus ensayos es otra. De la misma forma, sus presentaciones, varias al día, sobrepasan los horarios establecidos porque ambientan festividades que los requieren en la noche y en lugares a los que se movilizan, por lo cual necesitan otro tipo de logística que quien trabaja en un escritorio, de lunes a viernes.
En el documento previo a la ley, también se señala: “El Estado garantizará el derecho a la seguridad social de los creadores, promotores, trabajadores y profesionales de la cultura y el arte, (para lo cual) la Ley de Seguridad Social establecerá una modalidad de afiliación adaptada a las realidades profesionales del sector que contemple mecanismos de aportación y recaudación flexibles, posibilitando el acceso a las prestaciones del sistema de seguridad social y a las pensiones jubilares”, señala el articulado.
Los artistas en la Ley de Seguridad Social y su formación
Durante la inauguración de la octava edición de la Feria Internacional del Libro, el 15 de noviembre de 2015, en la Casa de la Cultura Ecuatoriana, el presidente Rafael Correa dijo: “La seguridad social es un derecho universal para todos, por eso, luego del avance que logramos para las amas de casa (...), es importante generar un sistema integral de seguridad social, donde entremos todos, que permita la inclusión de nuevos grupos, entre ellos, por supuesto, a los artistas que históricamente han sido excluidos de este derecho”.
Según lo anunciado, los artistas se sumarían, con condiciones específicas de su ámbito laboral, a los nuevos afiliados —más de 80 mil mujeres el año anterior, en apenas 3 meses desde la vigencia de la reforma a la Ley de Seguridad Social— al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
En cuanto a la educación y formación de las artes, cultura y patrimonio —que en la actualidad se ciñe a la autodidacta e iniciativa de algunas instituciones que actúan de forma desarticulada—, la Ley de Cultura “crearía el Sistema Integral de Educación y Formación en Artes, Cultura y Patrimonio (Siefacp), que actúa en el ámbito de la educación formal y no formal (de estos ámbitos)”. Este sistema se “considera transversal al Sistema Nacional de Cultura y complementario a los Sistemas Nacionales de Educación y de Educación Superior”. Estas modificaciones generarían cambios en la producción de las artes en un mediano plazo. (I)