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Las FF.AA. autorizarán porte de armas al servicio de protección

María Augusta Calle (centro), presidenta de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral.
María Augusta Calle (centro), presidenta de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral.
Foto: Flickr de la Asamblea Nacional.
10 de mayo de 2017 - 00:00 - Redacción Política

La creación del Servicio Civil de Protección para dar seguridad a altos funcionarios del Estado como Presidente y Vicepresidente está contemplada en el tercer libro del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.

Aquello no significa la instauración de una tercera fuerza del orden, según María Augusta Calle, presidenta de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, quien desmintió a los legisladores de la oposición.

Por ejemplo, los asambleístas de CREO, Patricio Donoso y Diego Salgado, manifestaron que el Código es inconstitucional. Este último, así como el legislador René Yandún, afirmaron que el Servicio Civil de Protección será una “tercera fuerza del orden”.

Al respecto, Calle negó esas declaraciones y aclaró que de ser necesario solamente los miembros de este servicio usarán armas, pero previamente a la regulación y autorización del Ministerio de Defensa.

“No estamos creando ningún tipo de grupo armado paralelo a la Policía, ni mucho menos. Estamos viabilizando un cuerpo civil especializado que asista en materia de seguridad a personas que por la naturaleza de sus funciones requieran de las garantías necesarias para su seguridad”, resaltó Calle.

Dora Aguirre, vicepresidenta de la Comisión, también aclaró que no se tratará de una tercera fuerza del orden. Más bien -dijo- será un servicio de protección pública de carácter civil, que estará adscrito al Ministerio del Interior.

Aguirre afirmó que dentro de la naturaleza de este servicio sus miembros solo pueden utilizar medios coercitivos y disuasivos.

“La autoridad rectora, en el proceso de formación y capacitación, que puede durar hasta 10 años, podrá establecer si alguno de estos servidores necesita o requiere utilizar algún medio disuasivo o coercitivo”, remarcó.

Recordó que actualmente los miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas no son los únicos en portar armas. Puso varios ejemplos, como los vigilantes penitenciarios y aduaneros. También mencionó al personal que brinda seguridad a los alcaldes. “Este libro no regula quién puede portar armas. Aquello está normado en una ley específica que está sujeta a los permisos de las Fuerzas Armadas y a que se cumplan varios requisitos”.

Mientras no se desarrolle todo el proceso de conformación del Servicio de Protección Pública seguirá ejecutándose el mismo sistema de protección. Hoy en el pleno de la Asamblea está previsto el segundo y definitivo debate del Código. (I)

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La Policía será profesionalizada y capacitada

El primer libro del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana está destinado, por ejemplo, a reglamentar los ascensos, regular los pases y formar y  profesionalizar a los miembros de la  Policía Nacional.

Verónica Rodríguez, legisladora y miembro de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, dijo que este cuerpo legal irá en concordancia con la Constitución de 2008,  que habla de una Policía al servicio de la ciudadanía y respetuosa de los derechos humanos. “Damos un nuevo enfoque a la Policía con la profesionalización”, dijo.

Por ejemplo, quienes aspiran a un mando directivo deberán tener al menos un título de tercer nivel. En cambio, para el mando operativo deberán tener un título técnico.
“Estamos regulando la capacitación y la profesionalización que deberán ser realizadas en la Escuela de Policía y que, además, deben ser reguladas por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt)”, explicó la asambleísta de PAIS.

Dentro del primer libro del Código también se regulan los traslados de los gendarmes para que “tengan beneficios económicos”. En este punto, se dará prioridad a los uniformados de la zona.

En cambio, Dora Aguirre, vicepresidenta de la Comisión, agregó que este libro beneficiará a más de 43 mil  policías. “La idea es que haya estabilidad laboral, para eso se trabajó con ellos”, destacó.

Puntualizó que lo normado en el primer libro entraría en funcionamiento de inmediato, siempre y cuando sea aprobado en el pleno de la Asamblea. (I)

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Investigación, medicina legal y forense se regulan

Dora Aguirre, legisladora por PAIS, resaltó que en el segundo libro del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana se regula el Sistema Especializado de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Según Aguirre, vicepresidenta de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, lo reglamentado en este libro no entraría aún en funcionamiento ya que primero debe consolidarse la capacitación y formación, y cristalizar el traspaso de responsabilidades a nivel de organización.

La asambleísta Verónica Rodríguez aclaró que la regulación del segundo libro se divide en dos ramas: científica-técnica, es decir la investigación, que estará a cargo de la Fiscalía; y un departamento encargado del servicio operativo, que estará liderado por el Ministerio del Interior. “Hemos mantenido una concordancia para que no haya una superposición de quién manda a quién, para que cada uno sepa cuáles son sus funciones”, explicó.

Ponderó que este libro, así como los demás, se trabajaron en correlación con la Constitución y el Código Integral Penal.

Aguirre, por su parte, detalló que la Policía Nacional formará parte del Sistema Especializado de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses. Los gendarmes se encargarán, por ejemplo, de capacitar y formar al personal civil para que apoye en estas actividades. Con ello se optimizará el nivel de formación de aproximadamente 1.000 policías especializados en Medicina Legal y Ciencias Forenses, y 59 peritos civiles que existen actualmente. (I)

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Entidades de seguridad serán reglamentadas

El último libro establece la regulación de las entidades complementarias de seguridad del poder central, como la Unidad de Vigilancia Aduanera, el Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Ecuador y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria.

Además integrará a las entidades de seguridad de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), así como las de cuerpo de bomberos, policías municipales o metropolitanos y agentes civiles de tránsito.

Según el cuarto libro se regula el ingreso, ascenso, carrera profesional, formación y régimen disciplinario. “En la medida en que se pueda se homologan estos procesos, así como sus salarios”, indicó Dora Aguirre, vicepresidenta de la Comisión.

Ella indicó que el cuarto libro asegurará la estabilidad laboral de 75 mil servidores públicos que están dentro de entidades de seguridad ciudadana y orden público.

Verónica Rodríguez resaltó que su aplicación será inmediata y para ello se definieron algunos parámetros, como los requisitos para los aspirantes a estos cuerpos, los ascensos, las condiciones para mantenerse dentro de dichas instituciones, las faltas y la tipificación de las sanciones.

Rodríguez afirmó que la elaboración de este cuerpo también contó con la colaboración y apoyo de funcionarios enrolados en estos puestos.

Finalmente, la legisladora destacó que se regulan los temas de traslado, de vivienda, de dotación de uniformes y el servicio de la carrera profesional. (I)

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