Dos temas cruciales ponen en la mira a la Corte Constitucional
La Corte Constitucional (CC), según analistas, tiene la fama de gobiernista. Ese calificativo apareció por dos factores principales. El primero, la mayoría de sus nueve jueces pasó, en la última década, por un carrusel de cargos públicos, entre ellos, la Presidencia de la República, ministerios y otros entes estatales.
El segundo argumento se sustenta en que casi todos los miembros de la Corte Constitucional, a su debido tiempo dieron luz verde a cruciales decisiones políticas como el referéndum de 2011 que reformó la estructura judicial del país y las enmiendas a la Constitución de 2015, donde se apalancó la postulación sin restricciones para autoridades de elección popular, entre ellas del Primer Mandatario.
Esta conformación es criticada, por ejemplo, por Ramiro Aguilar, exasambleísta y excandidato a la Vicepresidencia de la República. Él asegura que esta CC que está vigente es otra creación del ‘correísmo’, que ahora pasa su factura por los errores.
La Constitución de Montecristi convirtió a esta Corte en el organismo más poderoso del país. Además, de ser el órgano máximo de interpretación de leyes, tratados internacionales, con la atribución para rectificar jurisprudencia en derechos humanos, entre otras.
Ahora, entre sus potestades está la de poder revisar fallos judiciales en última instancia, una facultad que antes era exclusiva de los miembros de la Corte Nacional de Justicia.
Los jueces constitucionales también están libres del control político de sus acciones. Es decir, la Asamblea Nacional no puede tocarlos ni destituirlos. Y en caso de que sean indagados por la Justicia ordinaria, el tema debe ser tratado por la Fiscalía General del Estado y por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, al máximo nivel.
Con esta relevancia, la conformación de la Corte Constitucional se convirtió en clave. Desde 2008 se realizaron dos procesos públicos de selección de sus integrantes. En ambos tuvo protagonismo la actual vicepresidenta del organismo, la jueza Pamela Martínez. Por ejemplo, el primero (en el año 2012) fue la presidenta de la Comisión Ciudadana que calificó los méritos profesionales y las pruebas de los candidatos.
En 2015 se realizó el segundo concurso y en ese proceso Martínez obtuvo la calificación más alta hasta ahora conseguida por algún aspirante: 100 sobre 100. Antes de llegar a la Corte Constitucional, ella fue asesora, rango 1, del expresidente Rafael Correa.
En el resto de ganadores de los concursos públicos se repite la misma tendencia. Su vida profesional estuvo ligada a la Revolución Ciudadana. (ver gráfico).
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Bombardeo de ‘Amicus Curiae’
En esta ocasión, el reto radica en que los nueve jueces de la CC resolverán la viabilidad de una nueva consulta popular y referéndum. Una apuesta del presidente Lenín Moreno para cesar al actual Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), para nombrar a uno de transición que evalúe a los titulares de los entes de control del país. Además busca abolir la posibilidad de la reelección indefinida de todas las autoridades.
También se impulsa sancionar con más severidad los actos de corrupción, los delitos contra los infantes, aumentar la zona intangible del Yasuní, colocar reglas más fuertes para la minería y terminar con la ley de Plusvalía.
El jurista Gonzalo Silva no ve en la conformación de la actual CC un peligro para la consulta. Él está convencido de que el bombardeo de los recursos de ‘Amicus Curiae’ (figura jurídica para exponer un criterio sobre la legalidad constitucional) es la verdadera traba.
Hasta el viernes anterior se conocía que se presentaron 140 escritos con pronunciamientos sobre la propuesta gubernamental, de ese número, 30 colectivos pidieron participar en la audiencia para dar su pronunciamiento. La cifra definitiva se conocerá en estos días.
Los recursos fueron presentados principalmente por las autoridades que de alguna forma pudieran ser afectadas por un nuevo Consejo de Participación Ciudadana. Así lo hicieron la Fiscalía General del Estado, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia de Comunicación.
A estos pedidos también se sumaron asambleístas y exlegisladores de Alianza PAIS que creen que se puede afectar la estructura del Estado con este referéndum.
Aunque es potestad del juez constitucional aceptar o no los ‘Amicus Curiae’, sus argumentos pueden ser escuchados en una audiencia pública. Para Silva, con este número de recursos se dilatará la convocatoria para que los ecuatorianos se pronuncien en las urnas.
La jueza constitucional Tatiana Ordeñana convocó a todos los interesados a una audiencia para escuchar sus comentarios. La diligencia está prevista para mañana miércoles y posiblemente dure varios días, debido al número de recursos que llegaron a la Corte Constitucional.
Luego de eso Ordeñana elevará su proyecto de dictamen para que sea debatido por el resto de sus compañeros en el Pleno del organismo. Finalmente esa decisión se convertirá en un dictamen, que no puede apelarse a ninguna otra institución nacional.
Aunque esa posibilidad parece remota, Aguilar sostiene que en el caso de que se negara la consulta, especialmente de las preguntas que tratar sobre el Consejo de Participación Ciudadana y sobre la postulación sin restricciones, la respuesta del Gobierno debe ser más política. El camino que visualiza Aguilar es la Asamblea donde una nueva mayoría puede renovar esas instituciones.
El aval para un juicio político
La Corte Constitucional también juega en estos días un rol clave en la posibilidad de dar viabilidad a un juicio político contra el vicepresidente de la República, Jorge Glas.
Solo los jueces de este organismo pueden dar paso al proceso para su destitución en el Parlamento.
Los asambleístas del PSC, CREO y SUMA consideran que el futuro político del Segundo Mandatario está definido y no se podrá dar marcha atrás en su enjuiciamiento. Con ese objetivo, presentaron un pedido al Consejo Administrativo de la Legislatura (CAL), para que arranque con el proceso de censura en contra del segundo representante del Ejecutivo.
Esto ocurre en momentos en que la situación penal de Glas cada día se complica más. La semana pasada, la Fiscalía lo acusó formalmente de recibir supuestos pagos de Odebrecht para permitir su retorno al país en 2010 y para conseguir contratos con el Estado.
Este dictamen pone en luz verde el juicio penal por supuesta asociación ilícita, pero todavía no se cumple con uno de los requisitos contemplados en la Constitución para la destitución del Segundo Mandatario. El artículo 129 de la Carta Maga establece como causales directas para el juicio político la implicación en delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
El legislador Fabricio Villamar, asambleísta por CREO, manifiesta que la situación política del Vicepresidente es insostenible y debe ser censurado en el Parlamento. La oposición sostiene que se cumplieron con los requisitos y recuerda los casos de Caminosca y denuncias por cohecho contra Glas.
Mientras que María José Carrión, asambleísta de AP, exhorta a terminar con la presión y dejar a las instituciones que se pronuncien. Esa es su aspiración, incluso, en cuanto al caso de la Corte Constitucional, para que los magistrados puedan decidir en paz y sin presiones. (I) et
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Los procesos que envuelven al Segundo Mandatario
El vicepresidente de la República, Jorge Glas Espinel, afronta varias denuncias penales en su contra, por temas ligados al caso de corrupción y enlazados con la empresa constructora brasileña Odebrecht.
Una de ellas es el dictamen acusatorio por asociación ilícita para ayudar, supuestamente, a que Odebrecht contrate con el Estado.
Asimismo, la Fiscalía General del Estado abrió otra indagación en su contra por supuesto cohecho. La decisión se tomó para investigar los presuntos pagos que recibió Jorge Glas por parte de la multinacional brasileña, empresa implicada en corrupción en 12 países.
Los investigadores del Ministerio Público tienen en carpeta otros casos por la red de Odebrecht. Aunque no es indagado Glas, los contratos tienen relación directa con su acusación por asociación ilícita.
La Contraloría General del Estado, por su parte, acusó a Glas por las presuntas irregularidades en la entrega del campo petrolero Singue, mientras fue ministro de Sectores Estratégicos.
Dicho organismo de control lo destituyó de su cargo de Ministro y le solicitó a la Asamblea Nacional tomar las decisiones pertinentes para definir este tema. (I) et
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¿Qué estipula la legislación sobre las consultas?
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales delinea el camino que debe tomar la Corte Constitucional (CC) para el estudio y resolución de una consulta popular, como la solicitada actualmente por el Gobierno de Lenín Moreno.
Esa norma ordena a la Corte Constitucional que realice un control de constitucionalidad de todas las convocatorias a consulta, para garantizar la libertad del elector y la constitucionalidad de las disposiciones o las medidas a adoptar.
Ese control se cumple en diferentes etapas. En la primera fase se establece si el sondeo puede ser admitido para el trámite. De este estudio y decisión se encarga una sala especial de la Corte Constitucional.
Luego, la consulta pasa a un juez quien será el responsable de redactar el proyecto de dictamen. Para cinco preguntas de esta nueva consulta, la encargada es Tatiana Ordeñana. Mientras que Marien Segura es la jueza a cargo del análisis de las preguntas sobre la explotación del Yasuní y la ley de Plusvalía.
El juez ponente debe convocar a una audiencia para escuchar a la parte interesada. Luego de esa diligencia tiene un plazo de 10 días (laborales) para emitir un pronunciamiento, que puede ser aceptado, modificado y negado por el Pleno de la CC.
La normativa establece que si la Corte Constitucional no resuelve sobre la convocatoria del referéndum dentro del término de 20 días siguientes a haber iniciado el control previo, se entenderá que ha emitido un dictamen favorable. Es decir que se aceptarán tal y como fueron enviadas las preguntas.
Este tiempo límite para el pronunciamiento del organismo constitucional solo contabiliza los días laborables (de lunes a viernes). Además, el plazo arranca desde el inicio del control en la CC y no desde la presentación de las preguntas.
En los dictámenes la CC también puede solicitar que las preguntas sean nuevamente redactadas para no afectar los derechos y son de acatamiento obligatorio. (I) et