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El peatón siempre va a tener la prioridad a la hora de cruzar la calle, a excepción de cuando pasan vehículos con alguna emergencia. Así lo señala la Ley Orgánica de Transporte Terrestre de Tránsito y Seguridad Vial. Sin embargo, la normativa también establece ciertas obligaciones que todo transeúnte debe cumplir.
Hasta 2021, los peatones representan el 70% de fallecidos en accidentes de tránsito, según el Ministerio de Salud. Si bien es responsabilidad de los conductores respetar al peatón, también se deben conocer los deberes de las personas al momento de transitar por la calle.
¿Cuáles son las obligaciones del transeúnte?
- Cumplir con la ley y acatar las indicaciones de los servidores encargados del control de tránsito, las señales de tránsito, así como las disposiciones que para el efecto se dicten.
- Utilizar el espacio público sin poner en riesgo su seguridad, o la de terceros.
- Abstenerse de solicitar transporte o pedir ayuda a los conductores en lugares inapropiados o prohibidos.
- Cruzar las calles por el paso cebra y elevados o deprimidos, de no existir pasos cebra, cruzar por las esquinas de las intersecciones.
- No caminar sobre la calzada de las calles abiertas al tránsito vehicular.
- No cruzar la calle por la parte anterior y posterior de los autos que se hayan detenido momentáneamente.
- Cuando no existan aceras junto a la calzada, circular al margen de los lugares marcados y, a falta de marca, por el espaldón de la vía y siempre en sentido contrario al tránsito de vehículos.
- Embarcarse o desembarcarse de un vehículo sin invadir la calle, solo cuando el vehículo esté detenido y próximo a la orilla de la acera.
- Cuidar en todo momento su propia seguridad y la de los demás.
- Caminar con atención y concentración, evitar elementos distractores.
Pero, los peatones, también cuentan con derechos que autoridades y conductores deben garantizar para contribuir al orden.
¿Cuáles son los derechos del transeúnte?
- Contar con las garantías necesarias para una movilidad segura.
- Disponer de vías públicas libres de obstáculos y no invadidas.
- Contar con infraestructura y señalización vial adecuadas que brinden seguridad a los peatones en especial para las personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria.
- Contar con infraestructura urbana para descanso.
- Tener preferencia en el cruce de vía en todas las intersecciones.
- Tener libre circulación sobre las aceras y en las zonas peatonales exclusivas.
- Ser atendidos por las autoridades pertinentes en materia de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial.
- Recibir orientación adecuada de los agentes de tránsito sobre señalización vial, ubicación de calles y nominativas que regulen el desplazamiento de personas.