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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Sentencia condenatoria define entrega de bono a huérfanos por femicidio

Berenice Cordero. Ministra de Inclusión Económica y Social.
Berenice Cordero. Ministra de Inclusión Económica y Social.
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¿Cómo se entregará el bono a los niños en situación de orfandad por femicidio?
Existe un marco legal a través del cual el país quiere establecer normas para reparar a las víctimas y prevenir la violencia. El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) propuso a la Presidencia de la República que realice la transferencia monetaria de  $ 296.000 para las personas de 0 a 18 años en situación de orfandad por femicidios.

¿Cómo analizarán los casos?
Existe una comisión técnica conformada por la Fiscalía, Consejo de la Judicatura, Secretaría de Derechos Humanos, entre otros, que registra 316 femicidios, reconocidos como tales desde 2014 hasta 2019. Estos casos se encuentran en distintos momentos de judicialización.

Los 316 casos están en distintas etapas del proceso judicial. ¿Cómo afecta esta situación a la entrega?
Conocemos el número de víctimas por femicidio y los menores que se encuentran en situación de orfandad. La transferencia monetaria o bono se entregará a los hijos de las víctimas. Los procesos deben encontrarse en sentencia condenatoria.

¿Cuántas sentencias condenatorias existen?
Hablamos de 80 casos.

¿Qué pasará con los hijos de las víctimas con procesos judiciales que se encuentran en otras instancias? ¿Cuánto deberán esperar?
En ese sentido, el país debe tener acuerdos con mayor conciencia sobre la situación de las víctimas, pero en este proceso, el  factor es que sea una sentencia condenatoria. Desde 2014 se han reportado entre 80 y 120 niños y adolescentes que quedaron en situación de orfandad. Por ello, debemos establecer con claridad el número exacto.

¿Qué otros factores se tomarán en cuenta para la distribución de la asistencia estatal?
Lo primero es la sentencia condenatoria, y segundo, que la familia del menor de edad se encuentre en situación de pobreza y pobreza extrema.  

Si el femicidio ocurre en el núcleo de una familia de clase media, ¿cómo se actuará?
Bueno, estas serán las decisiones por tomar. Los recursos deben dirigirse hacia las mayorías con vulnerabilidad.

¿Cuál será el monto que se  entregará?
La referencia es otro elemento importante. Para establecer el valor del bono tomamos como base la tabla de pensiones de alimentos, lo cual es perfecto, porque no es un cálculo arbitrario. Por ejemplo: si es un hijo llega al 20% de remuneración básica unificada ($ 398); si son dos, el 43% ($ 166); tres, el 54% ($ 214)...

En esos casos, ¿cómo se realizará el pago?
Gran parte de las víctimas son mujeres jóvenes con hijos menores de edad. La mayoría posee de uno a tres niños. El pago será igual. Tomaremos como referencia la remuneración básica unificada.

¿Los 40 niños afectados por los crímenes, de los 100 registrados oficialmente, deberán esperar que su caso tenga una sentencia condenatoria para acceder al bono?
Efectivamente, ahora, lo que se ve es que los procesos judiciales que siguen este tema tienen cierto tipo de premura, no se demoran una eternidad. Me parece que este es un indicativo de que se podrá trabajar, mejorar más  adelante, es perfectible de acuerdo a la realidad. Este es el primer ensayo que hace el país.

¿Cuándo recibirán el bono?
En este momento. Como cualquier tipo de transferencia monetaria, tiene por base un decreto ejecutivo. Tiene que ser reglamentado.

¿Cuándo ocurrirá eso?
Leeré un primer borrador el próximo martes. Además, solicitamos información a la subcomisión técnica, con el fin de que nos indiquen los casos de femicidio con sentencia condenatoria. De igual manera, los nombres y direcciones para identificar de manera activa a las víctimas. El dinero se distribuirá mensualmente hasta que las víctimas cumplan los 18 años de edad.

¿Cómo se regulará que los dineros entregados sean bien manejados?
El bono será entregado al tutor del menor de edad. La familia tendrá un seguimiento y acompañamiento, pero  debe existir una corresponsabilidad con los parientes en la manera de invertir los recursos económicos. (I)

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