Ministerio pedirá la máxima sanción por el faenamiento de tortuga
El juez de la Unidad Judicial Multicompetente Penal de Playas dictó prisión preventiva para Pablo C. por el presunto delito contra la vida silvestre. Este fue detenido luego de que se denunciara el faenamiento de una tortuga marina (especie Golfina Lepidochelis Olivaceas) en peligro de extinción.
El Movimiento Animalista Nacional del Ecuador (MAN) había informado del faenamiento de la tortuga, que se realizó el miércoles 4 de marzo de 2020, en el barrio Juan Gómez Rendón de dicho cantón guayasense.
El MAN publicó en sus redes sociales un vídeo en el que se observa la acción contra el reptil, faenado mientras estaba vivo y con 125 huevos en su cuerpo.
“Esta acción fue realizada en presencia de varias personas, dos de ellas serían funcionarios de la Dirección de Ambiente del Municipio de Playas”, indicó la organización animalista en un comunicado.
Está detenido Pablo C. , por este execrable delito. Esperamos que @FiscaliaEcuador haga su trabajo y no existan presiones externas para dejar sin efecto esta denuncia. @Ambiente_Ec @juandehowitth @MAEGuayas_DP #DelitoTortugaAsesinada 125 Tortugas en extinción ya no nacerán. pic.twitter.com/sJQpDs5x6B
— MAN (@MANimalistas) March 5, 2020
En la audiencia de formulación de cargos en contra de Pablo C. comparecieron delegados de la Dirección Provincial del Ambiente de Guayas y guardaparques del Área Nacional de Recreación Playas de Villamil.
Para el viernes 13 de marzo de 2020 está prevista la próxima audiencia. El Ministerio del Ambiente informó que su equipo jurídico pedirá la máxima sanción.
Que indignación lo ocurrido con la tortuga en #Playas, esto NO puede seguir pasando en el país. El Ministerio del Ambiente y Agua, a través de su Dirección Provincial puso la denuncia y ya se ha dictado prisión preventiva contra el sospechoso. No toleraremos estos actos #URGENTE
— Juan DeHowitt Holguín (@juandehowitth) March 5, 2020
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala en su Art. 247 relativo a Delitos contra la flora y fauna silvestres, que: "La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años". (I)