Enrique Terán: “La trazabilidad es como un GPS para el medicamento”
El 5 de mayo de 2020, el Ejecutivo emitió el Decreto N° 1033, para la compra unificada de medicinas y fármacos en la red pública integral de salud. El objetivo de la emisión de este decreto es evitar la proliferación de nuevos casos de corrupción, tras descubrir irregularidades en hospitales del país durante la pandemia del coronavirus.
Según el documento, vigente desde esa fecha en el registro Oficial, todas las adquisiciones se realizarán en un sistema integrado que agrupe los insumos requeridos por el Ministerio de Salud, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) y el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL).
El Decreto N° 1033 hace una modificación de la segunda sección del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública por una nueva normativa. En la reforma se expidieron cambios en 13 artículos (del 72 al 83), junto a 10 disposiciones transitorias.
Sin embargo, la industria médica no está muy conforme con ello. En un webinar que realizó días atrás este sector indicaron que la corrupción de medicinas no se origina al momento de que el proveedor entrega las medicinas a los hospitales, sino que justamente estos actos ilícitos se originan es al interior de las casas de salud. Y que dicho decreto no es garantía de que no hayan más actos de corrupción.
Cristina Murgueitio, directora ejecutiva de la Asociación Ecuatoriana de Distribuidores e Importadores de Productos Médicos (ASEDIM), explicó que que existe una confusión entre la gestión hospitalaria, el control de inventario y la trazabilidad.
“Vemos que existe trazabilidad y que tiene que haber un sistema así, estamos de acuerdo con las autoridades, pero la industria en este momento tanto de medicamentos como de dispositivos médicos ya tiene trazabilidad. A nosotros ya nos envían los productos con un código unidimensional que es básicamente un código de barras y nosotros sabemos dónde entregamos el lote del producto en el sector privado”, destacó.
Asimismo, mencionó que el problema continúa “cuando el producto cruza la puerta de la bodega del hospital y ahí es donde nosotros precisamente hemos insistido como autoridades de que exista el control y la trazabilidad desde el punto del problema, que es la gestión hospitalaria y el control de inventarios”.
Murgueitio puntualizó que el modelo planteado por el Gobierno “lamentablemente no resuelve la corrupción y la fuga de recursos”, ya que el problema está en los hospitales “no en el ingreso del producto al país y el ingreso del producto al hospital”.
Señaló que el problema está en que no existe la gestión hospitalaria, el control de inventarios adecuados y además “no tenemos una historia clínica única, ni una receta clínica para que se generen los controles adecuados en los hospitales”.
Trazabilidad y código bidimensional
Asimismo, se refirió a la implementación del modelo como complejo y que dentro del proyecto de normativa de trazabilidad, propuesto por el ARCSA, los plazos estipulados en el Decreto 1033 indican que este modelo tiene que hacerse en seis meses,” lo cual es imposible porque de hecho esta transición de código unidimensional a bidimensional, en países como Argentina, se iniciaron de manera apresurada y van ocho años tratando de tener trazabilidad con código bidimensional y no han logrado al momento tenerlo todo”.
La preocupación que tenemos -dijo- es que la norma indica que todo el cuadro básico de medicamentos y el listado de dispositivos médicos tienen que ingresar en este proyecto, “estamos hablando de más de 400 medicamentos y 3.100 dispositivos médicos”.
Para Roberto Aspiazu, director ejecutivo del Comité Empresarial Ecuatoriano, enfatizó que el principal inconveniente es que el Proyecto de Norma que todavía no ha sido aprobado por el ARCSA contempla un proyecto muy ambicioso respecto a incorporar, en apenas seis meses, todo el cuadro de medicamentos básicos, “que son entre 700 y 800 fármacos” o principios activos.
“Les hemos dicho claramente que esto no va a ser factible más bien deberíamos apuntar a un plan piloto para que dentro de los primeros seis meses incluyamos un grupo de medicamentos, sobre todo aquellos de mayor precio para enfermedades catastróficas, que evidentemente son los que están más sujetos al robo porque de ocurrir esto lo que va a suceder es que la subasta inversa corporativa no va a tener la suficiente oferente porque sencillamente no habrá modo de cumplir con esta trazabilidad de segunda generación o bidimensional que quiere imponerse a través de la norma”, explicó Aspiazu.
El empresario indicó que hay que conseguir medicinas a precios razonables y condiciones de mercado que tiene que llegar a todos los centros de salud de la Red Pública Integral “que son más de 3.000 en condiciones adecuadas”, pero también hemos puesto mucho énfasis en la necesidad de que “para mejorar el tema del suministro de medicamentos, no es solo una cuestión de trazabilidad sino también de la gestión hospitalaria y de que exista temas como la historia clínica única y la receta electrónica que son complementos del tema propiamente dicho de la trazabilidad”.
Inversión por línea de producción
Sobre el tema de la subasta inversa corporativa, Murgueitio manifestó que esta y la licitación corporativa que se ha planteado en el Decreto 1033, no tiene parámetros ni financiamientos definidos.
“Nuestra preocupación es que es una exigencia que se está generando y que de hecho traslada esa exigencia al sector privado para invertir en generar este código bidimensional, lo cual implica entre $ 100 mil y $ 150 mil por línea para colocar ese código, cuando tenemos serios problemas de liquidez en el sistema de salud para pagar a los proveedores, lo cual no permite realmente controlar cuáles son los problemas”.
En ese sentido, el médico y PhD en Farmacología, Enrique Terán Torres, explicó que la trazabilidad o el código bidimensional “es un pretexto de la industria farmacéutica, porque ellos tienen que ajustarse a lo que la regulación diga, entonces la trazabilidad es uno de los mejores elementos para evitar el contrabando ilícito de medicamentos legales”.
Lo que sucede -precisa- es que el Ministerio de Salud Pública o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social compran los medicamentos y desaparecen de las bodegas y después están vendiendo en uno u otro lado de manera clandestina.
“Entonces esta trazabilidad es como un GPS para el medicamento, de forma tal que lo que se hace en el empaque es colocar un distintivo que permita que, si yo le escaneo a ese distintivo, sepa a quién fue vendido, cuándo fue vendido, y por quién fue vendido; entonces es un sistema de rastreo espectacular para dar certeza de que las negociaciones no sean luego perjudiciales o que no existan estos robos de medicación”.
Según Terán, en referencia al gasto de entre $ 100 mil y $ 150 mil del que habla la industria médica, va a ser un costo adicional para los laboratorios farmacéuticos, pero luego va a ser un proceso de exclusión para quienes no lo hagan, porque si la ley queda establecida y solo se va a comprar productos que tengan marcaje de trazabilidad, los que no inviertan no van a poder vender, entonces no es un gasto sino que termina siendo una inversión.
“Obviamente los fabricantes de los fármacos no quieren hacerlo (dicha inversión) porque implica un gasto que no están seguros que vaya a ser sostenible en el tiempo, porque qué pasa si al decreto del Presidente lo anulan después de tres meses, entonces ya se hizo el gasto, la inversión y queda en el aire. Pero si es que el MSP tomara cartas en el asunto y dijera: esto no se va a revocar, esto va a quedar establecido como un requisito permanente, hay que hacerlo sí o sí”.
En lo que se refiere al decreto como tal, Terán manifestó que “el espíritu de lo que el Presidente propone es justamente que ese mecanismo de trazabilidad sea lo suficientemente específico para que se pueda hacer posterior a las entregas el seguimiento”.
La trazabilidad radica -aclara- en que cada una de las 10 tabletas (que se compren en una farmacia) estas deben tener un código de seguimiento, para que si alguien perversamente corta las tabletas del blister, de todas maneras sean rastreables y no pueda haber corrupción.
Sobre la inversión por línea de producción añadió que la industria farmacéutica debe tener una máquina especial “para que haga este tipo de marcaje, pero esa es una inversión que es retribuible a lo largo del tiempo”.
Pone como ejemplo las gaseosas. “Cuando se compra gaseosas, estas tienen en la tapa impreso el número de lote y la fecha de fabricación y eso es norma de ley, entonces todas las embotelladoras tuvieron que comprar esos sistemas y hacerlo; aquí (en medicamentos) tienen que hacer lo mismo, el grave problema es que la mayoría de los medicamentos que vienen importados solo Ecuador tendrían ese requerimiento y entonces se encarece la producción solo para este país, pero eso es un mecanismo que si se va a sostener a lo largo del tiempo se vuelve fácilmente recuperable porque va a dar competitividad”.
Ley Orgánica de Salud (LOS), en su Art. 153, señala que: “Todo medicamento debe ser comercializado en establecimientos legalmente autorizados. Para la venta al público se requiere de receta emitida por profesionales facultados para hacerlo, a excepción de los medicamentos de venta libre (…)”. (I)