Publicidad

Ecuador, 23 de Noviembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo
Comparte

El apellido de los hijos podría ser el de la madre si hay acuerdo previo

El apellido de los hijos podría ser el de la madre si hay acuerdo previo
12 de diciembre de 2012 - 00:00

Ayer se llevó a cabo el primer debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación en el Pleno de la Asamblea Nacional.

El informe de la Comisión de Gobiernos Autónomos  -encabezada por el legislador Virgilio Hernández- determinó que en la cédula de identidad deben constar: clase (identidad o ciudadanía) y número de cédula; nombres y apellidos del cedulado; lugar y fecha de nacimiento; nacionalidad: género; fotografía; estado civil; clasificación individual dactiloscópica; firmas del cedulado y de la autoridad competente; y fechas de expedición y expiración.

En caso de aprobarse la reforma se eliminaría la información correspondiente a la instrucción académica por considerarla discriminatoria y el nombre de los padres por ser inconstitucional, puesto que -según lo argumentado- aquello incumple el artículo 69, numeral siete, de la Constitución, el cual expresa que “para proteger los derechos de las personas integrantes de la familia no se exigirá declaración sobre la calidad de filiación en el momento de la inscripción del nacimiento y ningún documento de identidad hará referencia a ella”.

Hernández manifestó la necesidad de una nueva ley que incluya la desmaterialización de documentos, entendido esto como la transformación de archivos físicos en electrónicos. “Hay que tener registros digitales y no archivos físicos, como se tiene ahora. Los cambios que planteamos se basan en la desmaterialización de los documentos apoyados en las nuevas tecnologías”.

Sobre la unión de hecho, Hernández manifestó la obligación de jueces y notarios de poner en conocimiento al director general del Registro Civil aquellas uniones  en un plazo máximo de 30 días. “En esta reforma se recoge lo que dice la Constitución y registramos las uniones de hecho”, agregó.

Por otra parte, la asambleísta Silvia  Khon -integrante de la comisión- planteó la necesidad de incluir en la reforma  la libre decisión de la pareja sobre el orden de los apellidos de sus hijos. Aclaró que en caso de no existir acuerdo entre ellos, se procederá al mismo registro que se ha hecho hasta el momento. “En torno a la cultura de identificación de las personas, se delata una tradición machista al seno de la familia ecuatoriana, violando los derechos y obligaciones de la pareja. La participación activa de la mujer dentro de la sociedad es la que nos permite hacer estos cambios en esta Ley de Registro Civil”, anotó Khon.

El asambleísta Eduardo Zambrano, en cambio, hizo referencia al otorgamiento de cédulas en el extranjero. “El proyecto de ley reformatoria permitiría a los compatriotas residentes en el exterior obtener la cédula permanente a través de los consulados sin realizar ningún viaje”. Su propuesta se basa en el envío de brigadas móviles por parte del Registro Civil.

Por otra parte, en la reforma también se considera derogar el artículo 82 de la vigente ley, el cual se refiere  a la utilización -para  las mujeres casadas- del apellido de su esposo precedido de la preposición “de”, ya que viola el derecho a su autoidentificación.

Sobre las observaciones presentadas por los representantes de los colectivos GLBTI (gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersex), se plantea modificar el proceso administrativo con el fin de rectificar su género en la cédula y cambiar el nombre en caso de que la persona transexual e intersex así lo quisiera.

Hasta el cierre de esta edición el Pleno Legislativo continuaba con el análisis del proyecto de ley, cuyas observaciones deberán ser tramitadas por la comisión.

Contenido externo patrocinado