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Ecuador, 22 de Noviembre de 2024
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Especial coronavirus

Seis reformas económicas urgentes

Las enseñanzas de la crisis: de un lado, el Ejecutivo afrontando solo la misma, como si no existieran otras funciones del Estado, con una reforma tributaria que no ataca a evasores, contrabandistas e informales.

Los GAD, sin reacción alguna, excepto Quito. La Asamblea Nacional, de la cual nos hemos acostumbrado a que no haga nada, bajo el lema de que más ayuda el que no estorba.

Una propuesta generada en teletrabajo con otros colegas y clientes, la proponemos a continuación:

Primera. Reestructuración de deudas y obligaciones. Que permitan mantener la liquidez en los negocios, ahora aplicado únicamente a tarjetas de crédito, y debe ampliarse a hipotecas y créditos comerciales.

Segunda. Diferimiento del pago de impuestos. Una medida adoptada para unos pocos sectores que debe ampliarse al universo de contribuyentes en el impuesto a la renta sociedades (el de personas naturales acabó en marzo) y para agentes de percepción y retención de IVA. Incluidos a todos los impuestos y tasas que cobran los GAD.

Tercera. Eliminación de examen Ser bachiller. Vamos a precisar de mayores médicos, enfermeros, especialistas en salud. Profesiones a las que pueden postular quienes obtuvieren los puntajes más altos, restringiendo el acceso a bachilleres que ven una opción viable, y que es necesaria para cubrir el déficit actual.

Cuarta. Contratación por horas. La generación de nuevas modalidades de trabajo: teletrabajo, ventas en línea, servicios de entrega a domicilio, pequeñas cadenas de alimentos frescos y preparados. Si no queremos tener más desempleo debemos implementar el sistema de contratación por horas en la era de la revolución digital.

Quinta. Prescripción y abandono en procesos judiciales. Que regulen el tratamiento de los procesos judiciales en marcha y de aquellos que no se pudo interponer las acciones en los plazos con motivo de la suspensión de actividades, en garantía a los derechos de defensa y seguridad jurídica.

Sexta. Repatriación de capitales. Con un impuesto a su repatriación (2% o 3%) de propiedad de ecuatorianos que, de forma directa o a través de sociedades offshore, retornen liberadas del régimen de incremento patrimonial no justificado (25% al 35%).

Finalizado el régimen se debe aplicar el Convenio de Asistencia Mutua Tributaria, para identificar a quienes tienen patrimonios no declarados y sobre el patrimonio bruto aplicar el 35% de impuesto a la renta no declarado. (O)

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