Transición 2017
Ministro de Defensa defiende la creación de una seguridad civil
La discusión sobre la necesidad de crear una seguridad civil especializada para altas autoridades se profundiza en el país. El tema forma parte del proyecto de Código de Entidades de Seguridad Ciudadana, aprobado anoche por el pleno de la Asamblea Nacional.
El asunto ha despertado controversia, sobre todo en sectores de la oposición, por considerarlo innecesario o, como ha manifestado el general en servicio pasivo, Aland Molestina.
Sobre este tema, el ministro de Defensa, Ricardo Patiño, aclaró ayer en una entrevista antes de la aprobación del Código, que con este no se crean otros cuerpos de seguridad, sino que se ordenan u organizan.
“Hay que trabajar mucho en el ordenamiento, homologación de puestos, en la definición de funciones adecuadas, incluso como codificación de información”, sostuvo el ministro.
Enfatizó que el tema de mayor discusión es el relacionado al libro tercero, de los cuatro que tiene el Código. Y es el que hace referencia a a la seguridad presidencial y de altas autoridades.
El funcionario considera necesario especializar a ese personal. “Es importante que esas autoridades tengan, mientras estén en esas funciones, que pueden ser de 4 años o, como en el caso del Mandatario, que tiene 10 años de elección popular, un equipo con alto nivel de confianza y especializado que se dedique, se forme y esté preparado para aquello”.
Actualmente -sostuvo Patiño- esto no ocurre, pese a que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas cumplen un papel importante, lo que se evidencia en los temas de seguridad ciudadana.
Sobre la reacción de sectores que critican la propuesta, el ministro recordó que todos o casi todos los presidentes del mundo tienen protección, incluso cuando dejan sus funciones. “Todos los exmandatarios tienen protección vitalicia, pero el presidente Correa ha establecido una protección aproximada, si es necesario, de un año que puede reducirse o extenderse, es legítimo”.
Advirtió que si bien el Jefe de Estado tiene un alto nivel de popularidad en el país, asimismo hay grupos, especialmente élites, que han sido afectados en sus intereses. “(...) Tienen la sangre en el ojo, esa es la realidad, han sido afectados porque no han podido seguir haciendo lo que antes hacían en el país”.
No obstante, minimizó las críticas de sectores de oposición ante la propuesta, al considerar que están haciendo “una bulla innecesaria”.
Reiteró que ese personal debe ser civil y armado: “Es razonable que así sea, porque es importante que esa estructura dependa de esa autoridad”. Aunque anticipó que ese nuevo servicio de protección presidencial, si se aprueba la ley, estará listo en 3, 4 o 5 años más, puesto que deben prepararse los elementos y lo más probable es que no le toque al presidente Correa y, tal vez, tampoco a Lenín Moreno.
Sobre el decreto ejecutivo para crear una seguridad tras finalizar el cargo de Presidente, dijo que tiene relación con el tiempo, ya que se establece que sería de un año y puede reducirse o aumentar.
Sobre este tema, el alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, también se pronunció ayer. A su criterio, como concepto, sostuvo que no cree en esas cosas. “Yo soy alcalde, soy una autoridad, a veces controvertido, sin embargo camino solo, a pie, por la ciudad de Guayaquil, y donde quiera que yo vaya”.
“A uno lo cuida Dios, el pueblo y su conciencia, eso es lo que yo pienso y practico”, manifestó en su enlace radial de los miércoles.
Aunque aseguró que existe este tipo de medidas en otros países, como en Estados Unidos, en donde son los civiles quienes cuidan al Jefe de Estado, el Alcalde manifestó que son instituciones consolidadas en el tiempo. “Yo no creo que eso sea constitucional, legal, conveniente ni ético, estoy en contra de ese tipo de cosas”.
El Decreto Ejecutivo 1369 tiene como finalidad aumentar una función adicional al Servicio de Protección Presidencial, conformado por 11 atribuciones. La función que se aumentó establece el proporcionar, de ser necesario, protección y seguridad a los expresidentes y exvicepresidentes de la República, a sus cónyuges e hijos, por períodos de 1 año y 6 meses, respectivamente, según el informe del análisis de riesgo que se elabore para el efecto. (I)