Ministerio emite directrices para retorno progresivo del trabajo
El Ministerio de Trabajo expidió las directrices para el retorno progresivo de la actividad laboral en el Ecuador, en el marco de la emergencia sanitaria por el covid-19. A través de dos acuerdos ministeriales se emitieron las disposiciones a cumplirse en los sectores público y privado.
Esta normativa se centra en los protocolos de seguridad para los empleados, con el fin de evitar un posible contagio por coronavirus. Para ello se basan en la ‘Guía y plan general para el retorno progresivo a las actividades laborales’ que aprobó el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional el 28 de abril de 2020.
?[Importante] Es momento de reactivar económicamente nuestro país, por lo cual hemos expedido las directrices para el retorno progresivo al trabajo, tanto del sector público como sector privado. #RetornoLaboralSeguro
— Ministerio del Trabajo Ecuador (@MinTrabajoEc) May 4, 2020
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Cada uno de los sectores tiene su propia resolución legal para aplicar en las jornadas laborales, con ciertas diferencias entre ambos; pero la principal semejanza es que de no acatar lo dispuesto por la cartera de Estado, los empleadores y servidores públicos podrán recibir una sanción.
A raíz de que en el Ecuador se aplica desde este 4 de mayo el distanciamiento social, el Ministerio de Trabajo explicó que se deben generar “alternativas para la reactivación económica” sin atentar contra la salud y la vida.
Directrices sector público
Para el sector público, el acuerdo Ministerial determina que pueden continuar teletrabajando quienes se hayan acogido a esa modalidad. También lo deben aplicar las personas de grupos vulnerables.
La entidad pública prohíbe que se deje de brindar el servicio a los ciudadanos, dentro de los horarios permitidos. El servicio público que no se realice de manera digital se autorizará a través de medios presenciales.
Las empresas públicas también aplicarán a un régimen de jornadas especiales, en las que se cumplan todos los protocolos sanitarios, y en las que se autorizan labores en horarios distintos, como nocturnos o casos en los que se necesitan horarios extendidos.
Otra directriz es que se realice un plan progresivo de retorno a las actividades presenciales, bajo el análisis de la pertinencia de cumplir la actividad presencial, y exceptuando a servidores públicos de grupos vulnerables o que atiendan a dicho sector de la sociedad. Además se debe realizar una evaluación del nivel de riesgo de la jornada laboral y su dificultad de movilización para llegar a la dependencia estatal.
Directrices sector privado
En el ámbito privado, el Ministerio de Trabajo señaló que los empleadores son responsables de implementar las medidas de prevención en sus espacios laborales.
Dentro de sus competencias está asegurar que los empleados cuenten con las seguridades sanitarias del caso, movilidad y logística para los trabajos requeridos, capacitación de los protocolos de limpieza y que en las áreas comunes se respete el distanciamiento social.
También deben priorizar el teletrabajo en las funciones que puedan adaptarse a esta modalidad. Los empleados de grupos vulnerables deben teletrabajar, sino el empleador tendrá que analizar la manera de que sus actividades se realicen en domicilio para evitar su asistencia presencial. (I)